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Las cifras económicas que se barajan en los diferentes informes anuales, ya sean de Norteamérica o de la Unión Europea, se habla de una constante de daños económicos entre particulares y empresas que sobre pasa los 550 millones (según el “National Center for Computer Crime Data”) y de 15 billones de dólares (según la Inter-Pact computer security organization”). Los daños patrimoniales y económicos están asegurados en el panorama empresarial y profesional, de ahí la incesante necesidad, y cada vez más obligación, de protegerse de posibles ataques informáticos.

A día de hoy es de obligada contratación para cualquier empresa que quiera tener una tranquilidad mínima y sentirse protegida a niveles básicos, la contratación de un Antivirus que proteja los sistemas informáticos físicos (ordenadores y servidores), que se extienda a los dispositivos móviles si los trabajadores hacen uso de estos, que proteja la navegación en Internet con “cortafuegos” y “antimalware”, así como contar con sistemas de protección de pagos y banca online. La protección mínima de lo anterior, bajo mi punto de vista debería ser la primera preocupación del usuario.

Por supuesto, renovar las licencias de pago y activación de los antivirus y programas que se utilicen en los ordenadores de la empresa. Es muy común usar “parches” o programas modificados de forma que descargando una “versión de prueba”, un informático (cómo no) realice los cambios necesarios en la configuración para que el programa funcione con casi todas las herramientas y opciones “como si hubiéramos pagado la licencia de uso”. Esto, no sólo es un delito contra la propiedad industrial, comentado en otros posts de esta web, sino que en el peor de los casos pone en riesgo la seguridad del sistema.

Si después de pagar una licencia de uso de un programa, a través de este somos atacados o se infectan uno o más sistemas informáticos, siempre podremos reclamar los daños a la empresa titular del programa cuya licencia estábamos pagando, y que si podemos probar su culpa, procederá una indemnización al cliente.

Debido al riesgo de sufrir daños informáticos derivados de ataques e infecciones de malware, algunas aseguradoras ya ofrecen servicios de cobertura para este tipo de daños económicos.

No olvides que a todo lo anterior debemos aplicar si cabe aun mayor importancia en cuanto a PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES se refiere, porque un robo de información de trabajadores o clientes, con un uso malintencionado puede provocar unos daños aún mayores de los económicos que sufran nuestros sistemas informáticos.

Al margen de los daños más inmediatos, el 60% de las empresas pequeñas y medianas que sufren un ataque informático contra los sistemas, terminan desapareciendo en el plazo de cinco años. Además, cada vez se presta mayor atención a los daños más difusos de carácter colectivo o institucional, cuya evaluación resulta más compleja o sencillamente es inviable en el marco de un proceso penal.




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