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El seguro de defensa jurídica es aquel por el cual las compañías aseguradoras se hacen cargo, dentro de los límites de las coberturas contratadas, de los gastos jurídicos que tenga el asegurado con ocasión de su participación en procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales, así como también de la asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.

 

Las coberturas y límites de los seguros de defensa jurídica vendrán establecidos para cada póliza, en atención a las garantías contratadas por el cliente. De forma genérica, este tipo de seguros deben cubrir los gastos que pueda tener el asegurado como consecuencia de su intervención en un proceso judicial o extrajudicial.

Al igual que el resto de seguros, detalla la abogada de ARAG, Luciana Torrents, el de defensa jurídica viene regulado en la Ley de contrato de seguro, donde se establece que como mínimo deberá incluir: libre elección de abogado y procurador, defensa independiente de la aseguradora, pago de honorarios profesionales, entre otras. Por tanto si bien las coberturas varían bastante entre unas compañías y otras, hay algunos riesgos que siempre están cubiertos.

Si bien este tipo de seguro es posible contratarlo de manera independiente, en cuyo caso habrá de especificarse el contenido de la defensa jurídica garantizada y la prima que le corresponde, o como cobertura de un seguro de vehículos, hogar, comunidad de propietarios, negocio, etc; no debe olvidarse que la Ley de contrato de Seguro establece en su artículo 66. que en el supuesto que la garantía de defensa jurídica forme parte de la cobertura de otro seguro deberá formalizarse en un contrato separado e independiente.  

Entre los servicios más destacados de este tipo de pólizas encontramos:

  • Asistencia jurídica telefónica;
  • Recurso de multas;
  • Reclamación de impagos;
  • Reclamación de daños;
  • Reclamación de indemnizaciones por lesiones;
  • Gastos judiciales y extrajudiciales en procedimientos en los que el asegurado/s se ven incluidos ya sea como actores o demandados;
  • Redacción y revisión documental;
  • Defensa del consumidor;
  • Peritajes.  

Las pólizas de defensa jurídica pueden ser contratadas por particulares, empresas, comunidades de propietarios, colectivos y familias, y es por ello que cada póliza es diferente y se adapta a todas las necesidades y públicos.

Según la abogada de ARAG, “la importancia de este tipo de pólizas radica en la tranquilidad y protección legal que da a los asegurados, sabiendo éstos que ante cualquier problema legal tienen el respaldo de profesionales cualificados que defenderán sus intereses”.  




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