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  • El curso aborda la elaboración de planes de prevención de delitos dentro de la empresa que permitan evitar una comisión de delitos y la exención de responsabilidad penal de sus directivos y empleados
  • Salvador Viada, Fiscal de Sala del Tribunal Supremo, entre los ponentes destacados

Amparo Navarro, vicerrectora de Investigación y Transferencia de Conocimiento de la Universidad de Alicante (UA); Fernando Candela, decano del Colegio de Abogados de Alicante, (ICALI); Isidoro Blanco, director del curso y catedrático del Departamento de Derecho Internacional Público y Derecho Penal de la Universidad de Alicante; e  Ignacio Gally, codirector del curso y diputado del ICALI, han inaugurado esta mañana en el campus de la UA el curso de verano “Compliance penal: cuestiones actuales y retos para la responsabilidad penal de las personas jurídicas”.

Curso compliance (2)El curso, con gran éxito de participación y más de un centenar de inscritos, aborda entre hoy y mañana la novedosa regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas tras la reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015. Tal y como comentan los organizadores, esta propuesta veraniega permite analizar, tanto desde el punto de vista legal como jurisprudencial, los requisitos y efectos que tiene un Plan de Prevención de Delitos dentro de una empresa.

El decano del ICALI ha afirmado en su intervención que “la temática del curso no está centrada en una visión de futuro, si no que aborda una realidad que afecta hoy a las personas jurídicas y que supone un nuevo campo de trabajo para los abogados”.

Los Planes de Prevención Penales para empresas implican un análisis de los riesgos dentro de la estructura y funcionamiento de la empresa, así como de la hipotética comisión de delitos en los que el Código Penal establece la responsabilidad penal de la persona jurídica, como por ejemplo, el fraude fiscal, el blanqueo de capitales, delitos contra el medio ambiente o estafa, entre otros.

Tras realizar un análisis de riesgos, dentro de un plan de prevención de delitos se toman medidas, se adaptan protocolos y sistemas de actuación y funcionamiento que tienen como finalidad evitar la comisión de delitos dentro de la empresa, tanto por los directivos y representantes como por los empleados o dependientes de ellos.

La adopción de un plan de prevención de delitos dentro de una empresa puede llevar consigo la exención de responsabilidad penal para la empresa. Por lo tanto, su implementación tiene un doble fin. Por un lado, una actuación dentro de la empresa conforme a Ley para evitar que dentro de la actividad empresarial se puedan cometer delitos. Y, además, que dentro de un procedimiento judicial abierto se pueda conseguir que la empresa quede eximida de responsabilidad penal, siempre y cuando se demuestre que el plan de prevención de delitos implementado dentro de la empresa con anterioridad a la comisión, resulta eficaz desde un punto de vista teórico.

PROGRAMA DEL CURSO

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