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La Comisión Europea ha publicado el informe sobre la aplicación y el funcionamiento de la Directiva UE/2016/680, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos, protege el derecho fundamental de los ciudadanos a la protección de sus datos cuando los utilicen las autoridades policiales y judiciales a efectos de aplicación de la ley. Más concretamente, la Directiva garantiza que se protejan adecuadamente los datos personales de víctimas, testigos y sospechosos de delitos, además de facilitar la cooperación transfronteriza en la lucha contra la delincuencia y el terrorismo.

El informe emitido por la CE considera que la Directiva garantiza un nivel armonizado y elevado de protección de los derechos de las personas implicadas en procesos penales y proporciona un marco jurídico coherente para el tratamiento de datos por parte de las autoridades policiales y judiciales. También muestra que el aumento de la confianza y la seguridad en su intercambio de datos facilita la cooperación transfronteriza en la lucha contra la delincuencia y el terrorismo.

El Comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, ha declarado: “El informe confirma que la Directiva sobre protección de datos personales en el ámbito penal es una piedra angular de la política de seguridad de la UE. No sólo garantiza que los datos personales de las víctimas, testigos y sospechosos de delitos estén debidamente protegidos, sino que también promueve la cooperación entre los organismos nacionales encargados de la aplicación de la ley. Animo a los Estados miembros que aún no han transpuesto la Directiva a que lo hagan cuanto antes, para que los ciudadanos puedan disfrutar del máximo nivel de protección”.

El informe constata que, en general, las normas se han transpuesto de forma satisfactoria, pero que siguen existiendo una serie de problemas (por ejemplo, la falta de recursos asignados a algunas autoridades de protección de datos), lo que ha dado lugar a la apertura de procedimientos de infracción. El informe también contiene una lista de acciones desarrolladas por la Comisión Europea, los Estados miembros y las autoridades de control de la protección de datos para aprovechar plenamente el potencial de la Directiva. Entre ellas, la finalización de la transposición completa y correcta de la Directiva, la dotación de las autoridades nacionales de control de la protección de datos con las competencias necesarias y los recursos adecuados, y la publicación de nuevas orientaciones sobre su interpretación por parte del Comité Europeo de Protección de Datos.

El próximo informe de la Comisión Europea sobre la aplicación de este instrumento está previsto para 2026.

La Directiva entró en vigor el 5 de mayo de 2016, y los países de la UE debían incorporarla a su legislación nacional no más tarde del 6 de mayo de 2018.

Puede acceder al informe completo a través del siguiente enlace:

https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/1_195928_comm_rep_led_en.pdf




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