Carpeta de justicia

LawAndTrends



Como ya es sabido, en el pasado mes de agosto fue noticia la nueva política de WhatsApp y su cesión de datos a Facebook, lo que generó inquietudes y desconcierto entre los millones de usuarios de estas famosas aplicaciones. 

Esta actualización, no exenta de polémicas, ha sido recientemente analizada por el comisionado para la protección de datos de Alemania, que ha terminado el procedimiento dictaminando una prohibición a Facebook para acceder y guardar los datos de los usuarios de WhatsApp, instando la eliminación de aquéllos ya recopilados. 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), una vez publicados los nuevos términos de servicio y la política de privacidad de WhatsApp, comunicó que comenzaría a estudiar los cambios que éstos producirían. Recientemente, ha publicado un comunicado en el que indica que se encuentra realizando las actuaciones previas de investigación para determinar si esas comunicaciones de datos personales y los tratamientos realizados por WhatsApp y Facebook son o no contrarios a la legislación española sobre la protección de datos. 

Estas actuaciones han sido iniciadas de oficio, y tienen por objeto señalar si se vulnera o no la legislación y a su vez determinar un responsable. La investigación tratará principalmente aspectos como qué tipo de información es enviada, los fines para su utilización, los plazos de conservación y las opciones ofrecidas a los usuarios para oponerse a estos nuevos tratamientos.  

Anuncia que seguirá unos pasos similares a los realizados por Autoridades de Protección de Datos de otros países, como Italia, Alemania o Reino Unido, cuya delegada del Comisionado de Información (ICO), anunció el inicio de las investigaciones recordando que, al unirse ambas empresas, afirmaron llegar a un compromiso de no compartir información sobre los usuarios de cada una de ellas. 

Debido a que la Agencia Española de Protección de Datos seguirá procedimientos similares al resto de países y en función a la valoración de Alemania, es probable que en España se de una resolución similar. No obstante, la AEPD advierte que cada país posee su propia legislación, y que por ello no se producirá necesariamente una identidad en las decisiones. Es por este motivo por el que habrá que esperar a que finalmente se anuncie la resolución. 

 




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad