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Hoy en día los conflictos entre los diferentes miembros de una comunidad de vecinos están al orden del día. El abogado de ARAG, Gonzalo Oriente, detalla que precisamente uno de los que causan mayor grado de frustración en la persona que lo padece es la apertura del correo personal, debido principalmente al grado de violación de la privacidad que ello supone.

Y un día mis cartas aparecieron abiertas…

Si un buen día al abrir el buzón observas como tu correspondencia está abierta, la mayoría de las veces estaremos hablando de un error humano, o mejor dicho de una cadena de errores humanos: el cartero confundió el buzón y el vecino abrió la correspondencia pensando que era suya; al percatarse de la confusión, la devuelve a su propietario/ propietaria, eso sí, ya abierta. En este caso, no es susceptible de denuncia pues en ningún caso aparece la voluntad del autor de leer nuestra correspondencia y mucho menos revelar algún tipo de se secreto.

Cosa muy distinta será si eres plenamente consciente de que dicha apertura de la correspondencia se ha hecho con el objetivo de recabar una serie de información o vulnerar la intimidad del otro. En ese caso, tienes que ser consiente que has sido víctima de un delito. Según el artículo 18 de la Constitución, encuadrado en los derechos fundamentales y las libertades públicas, así como el artículo 197 del Código Penal, toda persona tiene derecho a la confidencialidad de su correspondencia, por ello está especialmente protegido por el ordenamiento jurídico y por ende podemos denunciarlo.

Problemas prácticos que nos encontraremos a la hora de denunciar

Si somos víctimas de este delito, nos daremos cuenta de ello cuando, como decíamos, nuestras cartas aparezcan abiertas, o en su caso, sepamos fehacientemente que han llegado a nuestro buzón de correo y “alguien “nos las haya cogido.  ¿Cuál es el problema? Identificar al autor de esos hechos, ya que, como todo delito, deberemos probar que una persona en concreto es la que nos ha sustraído nuestra correspondencia para así poder dirigir un procedimiento penal contra ella.

Medidas paliativas

Ante la más que difícil tarea de probar quien es la persona que se encarga de abrir las cartas, existen dos opciones para evitar estos inconvenientes. En primer lugar, convocar una reunión de propietarios para poner este hecho en conocimiento de la comunidad, para que en la medida de lo posible adopten las medidas oportunas o, una segunda opción es la de disponer de un apartado de correos propio en cualquier oficina de Correos evitando así los efectos nocivos de esa persona que nos abre la correspondencia.




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