La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la pena de prisión permanente revisable impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia al acusado al que un jurado popular declaró culpable del asesinato y violación de una amiga menor de edad en la localidad de Chella, hechos cometidos el 26 de octubre de 2016.
La Sala considera que no se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia porque la prueba de cargo practicada en el juicio fue "abrumadora".
Los magistrados únicamente estiman de forma parcial el recurso de apelación del condenado en dos aspectos. Así, rebajan de 17 a 15 años la pena de prisión impuesta por la Audiencia por el delito de agresión sexual con agravante de género, ya que esa acción criminal se produjo en un "mismo marco único de relación sexual inconsentida, obedeciendo a un dolo único o unidad de propósito y bajo la misma situación de violencia", por lo que no cabe la modalidad del delito continuado aplicado en la sentencia recurrida.
Igualmente, revocan la condena de tres meses de cárcel por un delito de profanación de cadáveres, pues el hecho de que el penado transportara el cadáver de la víctima, de 15 años, en el maletero de un vehículo y lo arrojara después al vacío al interior de una sima "apenas rebasa la finalidad de autoencubrimiento" y queda absorbido en el delito de asesinato.
En cuanto a los recursos contra la sentencia formulados por la acusación particular y la Fiscalía, la Sala los estima parcialmente para declarar indebida la atenuante de confesión, estimación que no tiene sin embargo trascendencia en la pena.
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