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Todo lo relacionado con los delitos y su prescripción está recogido en el Código Penal. Desde Legálitas os detallamos los plazos de prescripción de los delitos y qué diferencias existen entre suspensión e interrupción de la prescripción.

¿Qué significa que un delito prescribe?

La prescripción del delito es una de las causas de extinción de la responsabilidad penal, según dispone el art. 130.6 del Código Penal. Implica la desaparición de cualquier responsabilidad penal al autor de un delito debido al transcurso del tiempo establecido por ley en cada caso para castigar al culpable desde que se cometió ese acto.

Plazos de prescripción de los delitos

El artículo 131 del Código Penal establece varios plazos para la prescripción de los delitos en función de la pena máxima señalada por ley a cada delito, plazo que empezaría a contar desde el mismo día que se cometió el hecho delictivo. Los plazos serían los siguientes:

  • A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.
  • A los quince años, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.
  • A los diez años, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.
  • A los cinco años, los demás delitos, excepto los delitos leves y lo de injuria y calumnia, que prescriben al año.
  • Cuando la pena señalada por la ley sea compuesta, la prescripción estará sujeta a la pena que exija mayor tiempo para la prescripción.

¿Cuándo empieza a computar la prescripción?

El plazo de prescripción del delito empezará a contar desde el día en que se haya cometido el acto delictivo. En los casos de delito permanente, delito continuado o infracciones que exijan habitualidad el plazo de prescripción comenzará a calcularse desde el día que se realizó la última infracción o desde que cesó la conducta, respectivamente.

Cuando la víctima fuese menor de edad en delitos como tentativa de homicidio, aborto no consentido, lesiones, trata de seres humanos, contra la libertad, torturas y delitos contra la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el plazo para perseguir estos delitos se empezará a computar desde el día que la víctima sea mayor de edad.

¿Todos los delitos pueden prescribir?

Los delitos de humanidad y de genocidio, los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado y los delitos de terrorismo si han causado la muerte de una persona no prescribirán en ningún caso.

Suspensión e interrupción de la prescripción

Dependiendo del país, cuando el procedimiento se dirija contra el culpable la prescripción se interrumpe o se suspende.

Cuando el término de prescripción se interrumpe, dicho término vuelve a iniciarse de nuevo, es decir, comienza a contar desde cero. Por ejemplo, la detención provoca la pérdida del tiempo transcurrido hasta ese día, iniciando un nuevo plazo a contar desde que se considere paralizado el procedimiento.

En el caso de la suspensión, al finalizar ese periodo, el tiempo vuelve a contar desde donde se encontraba cuando se suspendió.

Por lo tanto, la interrupción implica que la prescripción vuelve a contar desde cero mientras que la suspensión no.

Referencia legal:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.




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