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Granada, 15 ene (EFE).- La titular del Juzgado de Instrucción 9 de Granada, en el que por reparto ha recaído la petición de medidas para que el hijo menor de Juana Rivas se quede en España, ha comunicado que se abstiene de la causa por haber participado en otras resoluciones relacionadas con el caso.

Lo ha hecho en un auto fechado este martes, al que ha tenido acceso EFE, en el que la jueza Rosa María Ginel comunica que se abstiene de conocer la causa presentada por el equipo jurídico de Juana Rivas, una decisión que suspende el proceso hasta que la Audiencia de Granada se pronuncie.

Se trata de una resolución que no afecta a la medida provisional acordada la semana pasada por el Juzgado de Instrucción 4 y que paralizó el regreso del menor a Italia con su padre, Francesco Arcuri, que tiene la custodia del niño.

El auto recuerda que Instrucción 9 recibió este pasado lunes la petición presentada el 7 de enero por el equipo de Aránguez Abogados solicitando que el menor, Daniel, no volviese con su padre, al que Juana Rivas ha denunciado por maltratarlo.

Ese 7 de enero actuó, en funciones de guardia, el juzgado de Instrucción 4 que dictó como medidas cautelares que el menor se quedase en España, pese a la petición de la justicia italiana de que regresase antes del 8 de enero.

También se inhibió en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Granada, que rechazó esa inhibición y lo devolvió a Instrucción 4, que ha enviado la causa a reparto y ha recaído en Instrucción 9, cuya jueza ha considerado que debe abstenerse.

La titular de este juzgado instructor ha argumentado que no debe participar en la causa porque, en 2019 y cuando estaba destinada en la Sección Primera de la Audiencia de Granada, ya participó en la apelación de Rivas a la sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal 1 de Granada.

Ha considerado la jueza que, al tratarse de "las mismas partes y por hechos muy semejantes", concurre la causa de abstención que ha comunicado a la Audiencia de Granada.

La decisión, contra la que cabe un recurso de reforma, suspende el curso del proceso hasta que la Audiencia de Granada resuelva la abstención, por lo que no se hará nada ni avanzarían de haberlos los plazos judiciales.

Sin delito de sustracción

Por otro lado, el equipo jurídico de Juana Rivas ha recalcado que esta vecina no está cometiendo ningún delito de sustracción internacional de menores y que tampoco ha recibido ninguna denuncia o querella por la permanencia del menor en España a la que, ha adelantado, responderían con una querella por delito de acusación y denuncia falsa.

Aránguez Abogados ha asegurado que la medida cautelar de protección del menor suspende la entrega de Daniel a Italia y que tanto Juana Rivas como su hijo, españoles y en el país, deben atender las órdenes de los jueces españoles con independencia de lo que se decida en Italia.

"Si surge algún conflicto de jurisdicción tendría que ser resuelto en base a los mecanismos establecidos en la Unión Europea", ha añadido el equipo jurídico, que ha insistido en que Rivas no está cometiendo ningún delito y cumplirá "siempre" las resoluciones firmes de los jueces españoles.




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