La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha revocado la sentencia del Juzgado de Menores que el pasado mes de enero había absuelto a tres jóvenes de Llanes de trato degradante a una menor con una enfermedad rara que le hace visibles distintas peculiaridades físicas, considerando su comportamiento como injurias leves. Los magistrados ordenan además la devolución de las actuaciones al Juzgado de Menores para la celebración de un nuevo juicio con otro juzgador.
En la sentencia la Audiencia argumenta que vista la edad de la víctima, la autoría conjunta de los hechos que se estiman probados por las tres menores denunciadas, los términos y vocablos que se declaran probados que fueron proferidos por la menores, "en relación con los padecimientos físicos que sufre", junto al tiempo durante el que se prolongó dicha situación, "llevan a estimar que el conjunto probatorio existente no ha sido debidamente valorado en la instancia".
La Audiencia hace especial hincapié en que el tipo "trato degradante" presupone una cierta permanencia en la conducta, "o al menos una repetición del comportamiento degradante", pues en otro caso no habría trato degradante "sino simplemente ataque". Para los magistrados, los delitos por los que se formula la acusación "son tipos circunstanciales que deben ser examinados en relación con el momento, ocasión y circunstancias temporo-espaciales en que se llevaron a cabo", y sus características se definen finalmente como "tratar de someter a la víctima, de forma intencionada, a una situación degradante de humillación e indignidad para la persona".
Los hechos se remontan a septiembre de 2017 cuando la madre de la menor afectada presentó una denuncia por unas pintadas en el parque de Las Marismas de Llanes, en las que se podían leer mensajes presuntamente insultantes hacia su hija, que según contó, no eran un hecho puntual. En el primer juicio, la Fiscalía solicitó para las tres presuntas autoras, todas ellas menores de edad en el momento de los hechos, nueve meses de tareas socioeducativas. Por su parte, la acusación particular, ejercida por la madre de la otra adolescente, reclamaba quince meses de tareas y una indemnización de tres mil euros en concepto de daños psicológicos, morales y perjuicios.
No hay comentarios.