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Jordi Tirvió y Julio Menchaca

El cumplimiento normativo es el conjunto de procedimientos establecidos por las empresas u organizaciones para detectar, gestionar y mitigar los riesgos derivados de posibles incumplimientos de la regulación interna y externa.

Si hubiéramos pronunciado la palabra compliance en España hace unos años muy pocos hubieran sabido de qué estábamos hablando. En cambio, hoy es un término muy conocido en el sector legal y de los negocios. Fue a partir de 2010, cuando una de las reformas del Código Penal implantó la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, con la consiguiente necesidad de que éstas contaran con programas de prevención de delitos, que este concepto comenzó a tener presencia en la realidad empresarial.

Sin embargo, el compliance no se circunscribe al ámbito penal, es mucho más. La esfera penal es importante, sí, pero ésta es solo una de sus vertientes, una pieza del puzle. Esto es fácil de comprender si tenemos en cuenta que en España hay en vigor más de cien mil leyes y normas de todo tipo. Una montaña regulatoria (europeas, nacionales, sectoriales, etc.) asfixia al empresario y es difícil saber por dónde empezar.

Cuestiones como el dinamismo en las relaciones empresariales o el desarrollo de nueva tecnología han provocado la aparición de las normativas de protección de datos personales y de e-commerce. La política criminal ha tenido como resultado la elaboración de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. El crecimiento de las empresas ha hecho necesario el desarrollo de políticas internas de buen gobierno. La Ley de Sociedades de Capital ha sido reformada para aumentar la responsabilidad de los administradores y consejeros. La internacionalización de los negocios ha hecho necesario movilizar a trabajadores a diversos países y tramitar sus visados, permisos y revisar sus implicaciones fiscales. A las novedades antes mencionadas deben de sumarse los temas legales más conocidos, como las relaciones laborales, el cumplimiento fiscal y el día a día societario.

Por lo tanto, para hablar de compliance hay que tomar en cuenta todos sus aspectos, tener una visión de 360°. Sólo así podemos hablar de un cumplimiento que realmente sirva a las compañías. El cumplimiento debe dejar de ser visto como un coste o un impedimento al desarrollo del negocio, para empezar a considerarse como una vía para mantener mejores prácticas que pongan a la empresa a la altura de competir a nivel mundial y para cuidar la reputación que tanto trabajo cuesta conseguir (bien lo dijo Warren Buffett: “Se necesitan 20 años para construir una reputación y cinco minutos para arruinarla”).

La tarea parece demasiado grande, tanto que muchos empresarios prefieren pensar que si hasta ahora no ha habido problemas, no tiene por qué haberlos en el futuro, o peor aún, considerar no hacer nada como sinónimo de estar cumpliendo. Sin duda, ambas posturas son un gran error desde la perspectiva del buen gobierno empresarial.

Julio Menchaca Vite Abogado

Área Corporate Compliance

Jordi Tirvió Portús

Socio Área Corporate Compliance.




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