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Se ha hablado mucho sobre el transfuguismo a raíz del pacto alcanzado por el PP con tres parlamentarios de Ciudadanos en la Región de Murcia para evitar el éxito de la moción de censura presentada contra López Miras por el PSOE y Ciudadanos. Antes ya era considerada un grave defecto del sistema constitucional, pues el Preámbulo de la Ley Orgánica 2/2011, que reformó la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, afirma que el cambio de posición de un representante político “alude a una anomalía que ha incidido negativamente en el sistema democrático y representativo y que se ha conocido como «transfuguismo»”, que implica que los partidos políticos tengan que sufrir la “práctica de personas electas en sus candidaturas que abandonan su grupo y modifican las mayorías de gobierno”. La Sentencia del Tribunal Constitucional 151/2017, de 21 de diciembre, indica que “Es claro, en efecto, que la inclusión del pluralismo político como un valor jurídico fundamental (art. 1.1 CE) y la consagración constitucional de los partidos políticos como expresión de tal pluralismo, cauces para la formación y manifestación de la voluntad popular e instrumentos fundamentales para la participación política de los ciudadanos (art. 6 CE), dotan de relevancia jurídica (y no sólo política) a la adscripción política de los representantes”, así que “el fin de intervenir frente al transfuguismo con una regulación jurídica es en principio constitucionalmente legítimo”, pero también señala la resolución que la libertad de mandato de los parlamentarios “supone, en definitiva, la exclusión de todo sometimiento jurídico del representante, en cuanto tal, a voluntades políticas ajenas y proscribe por ello, en particular, que sobre él se hicieran pesar tanto instrucciones vinculantes en Derecho que pretendieran disciplinar su proceder, como asimismo cualquier tipo de sujeción, jurídicamente impuesta, a la confianza de sus electores (expresada del modo que se pretendiera) o de las organizaciones o grupos políticos en que se integre o en cuyas listas hubiera concurrido a las elecciones”.

Para acabar con lo que se considera una lacra de la política se puede adoptar una medida muy simple: reducir el número de parlamentarios en las Cortes Generales y en los Parlamentos autonómicos a uno por cada partido político con representación parlamentaria, asignando a cada representante tantos votos como escaños habría conseguido con el sistema actual. De ese modo, como se puede visualizar con un ejemplo, en lugar de tener a más de 300 personas aplaudiendo a sus líderes en el Congreso, solo estarían en la Cámara Pedro Sánchez, Pablo Casado, Santiago Abascal, Pablo Iglesias, Inés Arrimadas, Gabriel Rufián y los líderes de los demás partidos y los españoles podrían disfrutar de un fuerte ahorro de dinero público, en la medida en que el pastel a repartir entre los dirigentes políticos seria bastante más pequeño, provocando ello que muchísimos parlamentarios actuales dejaran de serlo para luchar por ocupar otros cargos, que se podrían crear para determinadas labores parlamentarias, o ser asesores, que empezarían a trabajar de verdad, lo que causaría que los actuales asesores tuvieran que buscarse trabajo, como la mayor parte de los ciudadanos que viven en España.

Más de un militante o dirigente de partido político puede llegar a pensar que la medida tiene poco o nada que ver con el transfuguismo. Sin embargo, tiene toda la vinculación, pues, al restringir al mínimo a los representantes de los electores y asignarles tantos votos en la Cámara representativa como escaños “virtuales” hayan conseguido.

Los créditos intelectuales de la propuesta, que será rechazada por no gustar demasiado a los que se dedican profesionalmente a la política, corresponden en gran parte a Bruno Rodríguez-Rosado, estimado amigo que ve claramente lo inapropiado que supone para una democracia respetable que la mayor parte de los parlamentarios se limite a aplaudir sin tener una verdadera identidad propia por haberla absorbido su partido político. Ahora, con la idea expuesta, se puede luchar contra el grave problema del transfuguismo, garantizando además una reducción del gasto público en aspectos organizativos con el consiguiente incremento del gasto público en otros asuntos que importan más a la ciudadanía.

 

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