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¿Sabías que puedes vender la nuda propiedad de una vivienda y quedarte el usufructo? ¡Te explicamos las claves!

La nuda propiedad es un término jurídico que se refiere a la titularidad de un inmueble sin tener derecho al uso, dado que éste recaerá en la persona usufructuaria, quien tendrá el derecho al uso y disfrute del inmueble.

Hoy en día, cada vez son más las personas que deciden vender la nuda propiedad reservándose para ellos mismos el usufructo para poder obtener una mayor liquidez o porque se quiera anticipar la transmisión del patrimonio a los herederos. De esta manera, aunque transmitan la nuda propiedad de la vivienda, van a poder seguir viviendo en ella o incluso arrendarla.

Las personas que se deciden por la venta de la nuda propiedad suelen ser personas jubiladas que ya han pagado la totalidad de la hipoteca y que consiguen un ingreso extra para complementar su pensión. A la hora de vender se puede pactar que el precio de la compraventa lo reciban de forma mensual en lugar de un solo pago.

Hay que tener en cuenta que el nudo propietario, aunque no pueda habitar en la vivienda mientras exista el usufructo, sí que tiene que asumir una serie de obligaciones como son las reparaciones extraordinarias. La obligación del usufructuario es hacer las reparaciones ordinarias a fin de conservar en buen estado la vivienda.




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