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  • La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha condenado a un hombre al pago de una multa de 180 euros por un delito leve de defraudación de suministro de fluido eléctrico.

El condenado manipuló y realizó un empalme a la red general de distribución eléctrica de la finca en la que vivía en Massanassa, sin contrato en vigor, ni contador, ni ningún aparato de medida, por lo que disfrutó del servicio eléctrico gratis en su casa. La compañía eléctrica detectó el enganche sin contrato y cortó la luz de la vivienda, en la que estaba empadronado el condenado.

Con esta resolución, la Audiencia revoca parcialmente la sentencia del Juzgado de lo Penal número 9 de Valencia, en la que se condenaba al hombre a un multa de 840 euros por estar enganchado a la red de forma ilegal desde mayo de 2012 hasta enero de 2013. Sin embargo, según la Audiencia, no ha quedado acreditado que el hombre viviera en esa casa durante todo ese tiempo, ya que se separó de su pareja, quien se quedó en la casa, y en octubre de 2012 solicitó un cambio de domicilio en el padrón municipal. Así, la sala excluye el periodo de octubre a enero de la comisión del delito.

El condenado deberá indemnizar a la compañía eléctrica por el perjuicio causado por la defraudación. 




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