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#Actualizado 19 septiembre 2019. Publicado 1 diciembre 2016.

Muchas personas piensan que, si su garaje dispone de vado en la puerta y es exclusivo a ellos, pueden aparcar perfectamente delante de él. Puede parecer razonable: al fin y al cabo, si el garaje es suyo, no están bloqueando el paso a nadie salvo a ellos mismos, podrían pensar.

Sin embargo, esta creencia no puede estar más lejos de la realidad: quizás te sorprenda, pero lo cierto es que, si tienes un vado en la puerta del garaje, local o vivienda y quieres aparcar tu propio coche, debes tener en cuenta que la grúa puede llevárselo con todas las de la ley.

Esto es así ya que, cuando pagamos un vado, hacemos un pago anual que nos da derecho a pisar la acera y a atravesarla con el coche.

Es decir, pagamos para poder entrar y salir de esa vivienda o local. No obstante, ello no nos da derecho a aparcar delante de dicho vado, ya que la acera no es de nuestra propiedad, sino que se trata de parte de la vía pública.

Es importante recordar que el acceso al garaje requiere una autorización municipal. Por ello, se expide el vado conforme a las condiciones que se establezcan en la ordenanza municipal de su localidad.

¿El vado es un derecho de reserva de la plaza?

Queda claro, pues, que no, el vado no es en ningún caso un derecho de reserva de plaza, sino que se trata de la tasa que se ha de contraprestar por la utilización de un dominio público para uso privado, es decir, el derecho de paso por la acera hasta su garaje.

El vado legal, que ostenta la señal R-308, obliga a su cumplimento por todo vehículo, por lo que prohíbe el estacionamiento sin excepciones. De lo contrario, estamos ante una reserva de plaza con un fin particular y que no beneficia a la colectividad de vecinos.

Incluso si el vado permanente estuviera colocado a la entrada de un chalet particular que afectara solamente a un propietario, este tampoco podría aparcar delante del vado como si se tratara de una plaza más, ya que estaría invadiendo la vía pública. Es importante tener claro que el vado es una licencia para poder atravesar la acera y entrar y salir del garaje, nada más.

Ya lo sabes: si tienes un vado y estacionas un vehículo en la puerta del garaje, no es raro que la grúa se lo lleve o que te encuentres incluso con una sanción.


Referencia legal

  • Ordenanza municipal reguladora de las entradas de vehículos a través de las aceras y de reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancía (cada municipio).

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