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  • “El metaverso es algo más que una aplicación de Internet, es el reemplazo de Internet tal y como lo conocemos”, ha explicado Carlos Álvarez.

Fundación Wolters Kluwer y Esade Law School han celebrado la 38ª edición de sus Encuentros Profesionales para tratar la cuestión de 'Los metaversos y sus implicaciones legales'. Los Encuentros Profesionales se celebran cuatro veces al año desde 2013 con el objetivo de transferir conocimiento y generar debate en la comunidad jurídica a través de la experiencia de grandes expertos en materia de gestión e innovación aplicada al sector legal.

La mesa redonda, primera de este curso 2022/ 2023, ha sido inaugurada por la presidenta de la Fundación Wolters Kluwer, Cristina Sancho, y moderada por Eugenia Navarro, profesora de Estrategia e Innovación de Esade Law School, y ha contado con la participación de Moisés Barrio, letrado del Consejo de Estado, profesor de Derecho Digital y consultor internacional en regulación digital; Carlos Álvarez, Chief Transformation Officer de Gómez-Acebo & Pombo; y Cristina Villasante, socia del área TMT de Écija Abogados.

¿Qué es el metaverso? ¿Existe solo uno?

Eugenia Navarro, antes de dar paso a los ponentes, ha definido el metaverso como “un nuevo mundo que busca la dimensión de la personalidad de la sociedad en el mundo digital”. Hoy en día la tecnología permite dar pasos más seguros hacia este mundo que abre muchas incógnitas y a la vez mucho interés. ¿Es comparable la aparición del metaverso con Internet?

“El Metaverso no existe con mayúsculas de nombre propio, es un concepto que tiene su origen en la literatura de ciencia ficción y es un viejo sueño que, con algunos precedentes aspiracionales como Second Life, ahora quiere llevarse a la práctica”. Así de rotundo ha sido Moisés Barrio al comienzo de su exposición. Hay muchos metaversos: en el ámbito de los juegos, de la realidad virtual, del ocio, de las propiedades virtuales, pero no tenemos un Metaverso “con mayúscula y nombre propio, que conecte todos los metaversos existentes como hizo la World Wide Web con las páginas web”, ha sentenciado.

El metaverso es una aplicación de Internet que presenta un ecosistema virtual y tridimensional, donde los usuarios interactúan entre ellos, desarrollan actividades de ocio y videojuegos -de momento-, pero también se pueden llevar a cabo relaciones económicas de cualquier tipo. Por tanto, “no es el nuevo Internet, sino que es una aplicación que funciona sobre el diseño tecnológico y el funcionamiento de Internet. Es decir, una aplicación más como el correo electrónico, la Web o las redes p2p por ejemplo.  Si se apaga el metaverso no pasaría prácticamente nada, si se apaga Internet tendríamos un gran problema”, ha concluido Barrio.

“El metaverso es algo más que una aplicación de Internet, es el reemplazo de Internet tal y como lo conocemos”

Carlos Álvarez ha insistido que el metaverso que conocemos hoy en día no tendrá absolutamente nada que ver con el metaverso que existirá dentro de diez años, serán cosas totalmente distintas por la consolidación de las tecnologías y los aspectos jurídicos: “el metaverso es algo más que una aplicación de Internet, es el reemplazo de Internet tal y como lo conocemos”. Según ha expuesto, en unos años no usaremos un teclado para navegar por Internet, estaremos interactuando y socializando con unas gafas puestas y unos sensores en las manos y en los pies.

¿Cómo se interacciona con el metaverso? ¿Para qué va a servir realmente?

Los casos de uso que permite el metaverso son infinitos. Cristina Villasante ha insistido que “estamos en una fase prehistórica de lo que es el metaverso y todavía no sabemos cómo va a evolucionar”. Dentro de diez años no sabemos qué va a pasar, pero sí que es verdad que por las características que implica el metaverso y esa experiencia inmersiva, “permite nuevos casos de uso y de negocio que las empresas están empezando a explorar y explotar”.

La socia de Écija Abogados ha explicado que este nuevo mundo ha empezado en el sector de los videojuegos porque cuando hablamos de metaverso, hablamos de “conectarnos con otras personas a través de esas plataformas y de esa dimensión y esos avatares”. Pero ahora otros sectores han empezado a apostar fuerte por esta realidad virtual, como es el caso del mundo del retail, con avatares que puedes usar en probadores virtuales. Se produce un nuevo modelo de negocio híbrido que permite la combinación del negocio físico con el negocio digital – el ‘phydigital’ -.

Seguridad de los datos en el metaverso

Carlos Álvarez ha pedido cautela en cuanto al acceso a los datos biométricos de los usuarios por ser una información excesivamente sensible: “con la dilatación de nuestra pupila, pueden ver qué cosas te atraen y qué cosas no. Ya no es una cuestión de segmentación de datos, como hace Facebook, es que pueden saber más de ti que tú mismo”. El CTO de Gómez- Acebo & Pombo ha añadido que habrá que regular qué se hace con estos datos y que “en el metaverso lo más simple se puede complicar hasta el infinito”.

Los metaversos ya están regulados como servicios de la sociedad de la información, a través de la LSSI, el RGPD, la LOPDGDD, el Reglamento de Servicios Digitales o las normas de ciberseguridad, entre otras. El único tema por resolver es el estatuto jurídico de los avatares, que son las personificaciones virtuales de los usuarios, y habrá que determinar su estatuto jurídico; es decir, si tienen o no los mismos derechos que en el mundo físico, ha recordado Moisés Barrio.

Por último, Cristina Villasante ha concluido “que en los metaversos coleccionamos valor a través de NFT y criptoactivos, que hay que proteger para evitar ciber riesgos a los usuarios”.




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