Últimamente han hecho bastante ruido un par de resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) en las que se niega la aplicación del régimen de neutralidad fiscal (“régimen de fusiones”) a las aportaciones de las sociedades del grupo a una sociedad holding. La gravedad de este criterio estriba en que, sin la aplicación del citado régimen, la mayoría de estas operaciones tendrían un coste fiscal que las haría inviables.
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