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Sara Calvo es abogada del equipo de Derecho Penal de DOMINGO MONFORTE Abogados. Está especializada en Derecho Penal de Menores y en Violencia de Género. Cuenta con numerosas publicaciones en revistas jurídicas, entre ellas, artículos sobre el acoso escolar o el ciberacoso sexual a menores.

-¿Por qué decidió especializarse en Derecho Penal y dentro de éste, concretamente, en temas que afectan a menores?

Desde que me inicié en este despacho, del que actualmente soy socia profesional, siempre he sentido la vocación por el tratamiento del Derecho Penal y particularmente en relación con los conflictos en los que intervienen los menores.

-¿Es distinta la delincuencia juvenil a la de los adultos?

Aunque el resultado, desgraciadamente, es el mismo, la etiología de la delincuencia juvenil presenta diferencias notables con la de adultos. En los asuntos que afectan a menores siempre existe la esperanza de la reconducción conductual, ya que son muchos los casos en que el menor expresa su rebeldía a través de actos que son difíciles de entender desde la racionalidad de las normas. El gran desafío está en evitar que los menores se conviertan en adultos delincuentes.

-¿Y en qué se diferencia el proceso de menores del de adultos?

Las principales diferencias las encontramos en la fase de instrucción cuya dirección se atribuye al Ministerio Fiscal quien está facultado para decidir la admisión a trámite de las denuncias, pudiendo acordar el archivo de las actuaciones si los hechos no revisten apariencia delictiva, no son creíbles, no existe autor conocido o desistir de la incoación del expediente por aplicación del principio de oportunidad. En el caso de que se decida la incoación del expediente de reforma, se dictará el oportuno decreto por el Ministerio Fiscal, que será comunicado al Juzgado de Menores, donde se abrirá el correspondiente expediente.

-¿Cómo se abordan los casos que afectan a menores en DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados?

Desde el principio aprendí que el trato tiene que ser cercano, próximo y continuo. Desde la primera visita se busca que el menor entienda la problemática en que se ha visto envuelto, el apoyo de sus padres y que con una adecuada defensa técnica va a superar la situación y no habrá huella ni marca que pueda afectar a su futuro.

-¿Qué recomendaría a unos padres cuyos hijos se hubiesen visto envueltos en procesos como hurtos, robos, amenazas, acoso escolar o incluso delitos sexuales?

Lo primero que les diría es que se está a tiempo de todo y que el proceso de menores, más que hacia el castigo, se dirige a la reeducación social. La naturaleza del proceso de menores es formalmente penal pero materialmente sancionadora-educativa. La ley considera más adecuada una intervención de carácter educativo, y no solo de castigo, que fomente el correcto desarrollo de la personalidad y el respeto hacia los valores constitucionales con el fin de darle al joven infractor la posibilidad de tener un futuro mejor. Se considera que por su edad, los jóvenes son recuperables para la sociedad, por lo que prima la finalidad educativa y resocializadora de la intervención penal.

En definitiva, con el adecuado tratamiento profesional de especialidad y con el apoyo familiar se puede y, de hecho, generalmente se consigue, reconducir situaciones que de no prestar la atención adecuada pueden generar nuevos conflictos que conlleven, cuando el menor alcance la mayoría de edad, graves consecuencias penales.

 




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