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  • La Sección Octava considera que actuó continuadamente con prevalecimiento de una superioridad manifiesta sobre las adolescentes

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a 18 años de prisión, al hombre acusado de abuso sexual continuado a dos menores de edad que padecen una minusvalía psíquica. La sentencia le impone además una orden de alejamiento y comunicación con las víctimas y el pago de 3.000 euros en concepto de indemnización a cada una.

La condena, que no es firme, coincide con la petición fiscal, excepto en la indemnización, que se eleva de los 2.000 que pedía el Ministerio público a los 3.000 euros que fija la sentencia por cada una. La acusación particular, representada por la Asociación de Asistencia a Mujeres Violadas (CAVAS), había solicitado diez años de cárcel por cada delito y una indemnización de 10.000 euros, además de que se aplicara una medida de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena por un periodo de seis años. La defensa, por su parte, había pedido la libre absolución de su cliente.

El acusado, que en el juicio reconoció que les había mandado mensajes al móvil subidos de tono pero en broma, negó los hechos. Asimismo, rechazó que hubiera entrado en la casa cuando no estaba la madre de la menor de una de las menores discapacitadas -actualmente ya mayor de edad--, con la que guardaba una relación de amistad.
Las víctimas, por su parte, que declararon ocultas tras un biombo se ratificaron en su denuncia. Fueron las educadoras del centro especial al que acudían quienes dieron la voz de alarma, al relatar la mayor de las chicas lo que hacía con un amigo.

Según el relato mantenido por la Fiscalía, y aceptado ahora por la Sala, al hombre le unía una relación de amistad con la madre de una de las menores y pudo acceder al domicilio en al menos tres ocasiones, durante los primeros meses del año 2015. La menor, nacida en 1997, se encontraba sola cuando acudía el hombre al domicilio, del que tenía la llave. Este aprovechaba el conocimiento de las costumbres familiares para acceder a la vivienda y mantener relaciones sexuales completas con la misma de forma reiterada, al menos en tres ocasiones, para lo que se valió de la minusvalía psíquica que sufría la niña, que le impedía conocer y consentir el alcance del acto sexual.

El procesado, durante el mismo periodo, mantuvo relaciones sexuales al menos en dos ocasiones con otra menor, nacida en 2000, y amiga de la otra víctima, la cual accedió ante el temor a que este se enfadara y tomara represalias contra ella.

La Sala declara probado que el acusado actuó continuadamente con prevalecimiento de una superioridad manifiesta sobre las adolescentes.




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