El Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo ha condenado a dieciocho meses de cárcel a la dueña de un perro al que, según consta en la sentencia, “tuvo encerrado, con el bozal constantemente puesto durante semanas, o incluso meses, causándole la muerte por inanición”. Además, le ha impuesto la inhabilitación para el ejercicio de profesión o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales durante un periodo de cuatro años. La magistrada considera probado que la propietaria del perro, un cruce de labrador de dos años, lo tuvo encerrado en una pequeña terraza de su domicilio, situado en Ribadeo, durante un periodo de tiempo que no ha podido ser determinado, “con el bozal puesto y lleno de papeles, de modo tal que no podía ni comer ni beber”.
El animal ingresó el 17 de mayo de 2018 en una clínica veterinaria de la localidad “en estado de shock y con una situación de desnutrición severa, hipotermia, deshidratación, con los belfos del hocico inflamados y sin responder prácticamente a estímulos”, según indica la jueza en la resolución. Finalmente, falleció el 18 de mayo de 2018 “a causa de su deficitaria situación, derivada de la falta de cuidados adecuados”.
En el fallo, la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo indica que una vecina, testigo de los hechos, relató que lo vio un día en la terraza “en condiciones paupérrimas, con el bozal puesto lleno de papeles y sin agua ni comida”. También aseguró, según la sentencia, que, aunque ella solo vio al animal encerrado ese día, lo oía “laiar” a diario. Además, destaca que en el informe veterinario consta que el animal llevaba “mucho tiempo (semanas o meses) en las peores condiciones”, lo que los profesionales dedujeron “del estado de su piel y de su extrema delgadez”.
Los veterinarios, según resalta la magistrada, “no encontraron ninguna enfermedad que fuera responsable del estado que presentaba el perro”. La coautora del informe también especificó durante el juicio que el animal tenía una marca alrededor del hocico causada por tener el bozal permanentemente puesto y con papeles metidos dentro.
La magistrada señala que, “a la vista de la gravedad de la conducta” de la condenada por un delito de maltrato animal, le impone la pena máxima prevista por el tipo (artículo 337.3 del Código Penal). Contra el fallo cabe presentar recurso de apelación.
No hay comentarios.