La Audiencia de Álava ha condenado a 20 años y 5 meses de prisión a un hombre por vejar, maltratar psicológicamente, golpear y agredir sexualmente a su pareja. El tribunal también ha acordado la imposición de 5 años de libertad vigilada tras cumplir la pena de cárcel. El acusado deberá además indemnizar a la mujer con 30.000 euros por los daños morales y las lesiones causadas, y abonarle 1.974 euros por gastos médicos.
En la sentencia fechada el 20 de octubre, la Sección Segunda de la Audiencia de Álava considera probado que el acusado mantuvo una relación sentimental con la víctima durante doce años, hasta el 12 de septiembre de 2021, de la que nacieron dos niñas y que desde el inicio de la misma el hombre llevó a cabo un “ejercicio sistemático de violencia en sus distintas manifestaciones física, psicológica y ambiental”, estableciendo una situación de dominio sobre ella.
“De este modo era frecuente que la gritara, escupiera y que menoscabara su autoestima” insultándola y criticando su forma de hacer las cosas y socavando su rol de madre, algo que hacía en ocasiones en presencia de sus hijas menores.
También dice la sentencia que el hombre se volvía agresivo en las discusiones y recoge los hechos que se sucedieron entre el 12 y el 13 de septiembre de 2021 tras conocer que ella mantenía una relación sentimental con otro hombre.
Explica que con ánimo de menoscabar su integridad física él adelantó su vuelta a casa de unos días de vacaciones y esperó a que ella regresara del trabajo la noche del 12 de septiembre para agredirla dándole puñetazos en la cara e inmovilizarla atada de manos y pies en una silla.
También le tapó la boca con cinta de embalar y le pinchó en el cuello con un cuchillo mientras le decía que “no iba a volver a ver” a sus hijas. Así la tuvo durante unas cinco horas. Después la soltó y la agredió sexualmente.
Al día siguiente la llevó al hospital apercibiéndola que dijera que unos hombres la habían agredido cuando intentaban robarle la bicicleta.
El tribunal considera que en el juicio, celebrado el pasado 9 de octubre, ha quedado acreditada la agresión que sufrió la mujer entre el 12 y el 13 de septiembre.
La denunciante ha mantenido una “declaración persistente, cargada de detalles y corroborada periféricamente por un montón de datos objetivos”, entre ellos las lesiones que presentaba en el cuerpo, afirma la Audiencia alavesa.
“En este caso la violencia que se empleó fue extrema, no solo física (…) sino también psíquica, haciendo creer en todo momento a la mujer que la iba a matar y que sus hijas estaban muertas”, añade la resolución.
También indica que se ha probado que en la pareja existía una “relación asimétrica”, que a lo largo de la convivencia se dio una “situación de dominio y maltrato psicológico por parte del acusado” hacia ella y que el “culmen a toda la evolución de la relación” entre ambos fue lo sucedido la noche del 12 al 13 de septiembre de 2021.
Así el tribunal condena al varón como autor de los delitos de maltrato psíquico habitual, vejaciones leves continuadas en el ámbito de la violencia de género, lesiones, detención ilegal, amenazas y agresión sexual.
Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
No hay comentarios.