Madrid, 14 abr (EFE).- Logroño, Petrer (Alicante), Salou (Tarragona), Badalona (Barcelona)... En los últimos meses se han sucedido denuncias de agresiones sexuales protagonizadas por grupos de menores en los que participan chicos de corta edad, varios de ellos incluso de menos de 14 años. ¿Qué ocurre en estos casos?
La ley de responsabilidad penal del menor establece que los menores de 14 son inimputables. Entendieron los legisladores que las infracciones que suelen cometer son en general irrelevantes y que, en los casos en los que generan alarma social, la familia y la asistencia civil son suficientes para darles una respuesta suficiente, sin necesidad de que intervenga el aparato judicial sancionador del Estado.
CASOS ARCHIVADOS
En su última memoria, la Fiscalía General del Estado alertaba del "progresivo e importante" incremento de los delitos sexuales con menores implicados: 2.625 procedimientos abiertos en 2021, frente a los 1.271 registrados cinco años antes.
Eran cifras de delitos presuntamente cometidos por chicos de entre 14 y 17 años, porque cuando los agresores son más pequeños, los casos se archivan.
Según la misma memoria, en 2021 se archivaron 8.433 diligencias por sea causa.
El informe no especifica el tipo de delito y advierte también de que la evolución de las cifras sobre menores de 14 años presenta una trayectoria con dientes de sierra y bruscas subidas y bajadas que impiden extraer conclusiones criminológicas del comportamiento de este grupo.
Sí es un dato objetivo, apunta no obstante la Fiscalía, que en gran parte de los casos de acoso escolar están implicados menores de 14 y que "sigue siendo preocupante el incremento de su participación en delitos contra la libertad sexual o cometidos a través de las tecnologías de la información y la comunicación".
SIN RESPONSABILIDAD PENAL
Archivadas las diligencias, explican a EFE fuentes jurídicas, los fiscales de menores remiten los casos a los servicios autonómicos de protección de menores, que se encargan de ofrecer a estos chicos y sus familias programas adecuados a los distintas conductas y necesidades.
No hay internamiento posible ya que no se pueden establecer medidas que recorten libertades o derechos, destacan estas fuentes. No es posible evitar, por ejemplo, que el agresor se cruce de nuevo con la víctima, porque no se puede imponer una medida de alejamiento.
La única vía para su internamiento sería que fueran declarados en desamparo, pero se trataría de una medida para la protección del menor. Y, advierten las fuentes, "los agresores no suelen ser niños en situación de riesgo o familias desestructuradas; la gran mayoría son chavales normalizados".
PROTOCOLOS Y PROGRAMAS AUTONÓMICOS
La atención de los menores de 14 años que cometen delitos se lleva a cabo desde los servicios de protección de menores de las comunidades autónomas, pero no siempre hay recursos adecuados.
Así lo admitió, por ejemplo, la Comunidad de Madrid en 2019 cuando licitó un contrato para atender a los menores infractores de entre 11 y 13 años derivados por la Fiscalía. Según reconocía la Consejería de Políticas Sociales y Familia, se intervenía en un porcentaje muy bajo de los casos derivados, aquellos con riesgo de desamparo o desprotección medio o alto.
El objetivo de los distintos protocolos y programas autonómicos es sensibilizar a estos menores sobre las consecuencias de sus actos para prevenir la reincidencia y posibilitar la reconciliación con las víctimas y la reparación de los daños causados, además de orientar a los padres.
En Baleares, por ejemplo, el Programa de Atención Socioeducativa para Menores de 14 años infractores aborda la reconstrucción del conflicto a partir del reconocimiento del daño, la petición de disculpas y la reparación, buscando un compromiso del infractor para determinadas acciones como compensación simbólica del daño ocasionado.
En Aragón, por su parte, el Equipo de Atención Educativa a Menores de 14 años se plantea prevenir, evaluar y corregir las situaciones de conflicto social mediante la educación en valores de convivencia y la introducción de cambios en el entorno familiar y social que posibiliten su desarrollo integral como persona, explica en su página web.
LEY DEL SOLO SÍ ES SÍ: INTERNAMIENTO CERRADO DESDE LOS 14
La controvertida ley del solo sí es sí bajó las penas mínimas para determinadas agresiones sexuales, pero en el caso de los menores de entre 14 y 17 años agravó el castigo al reformar la ley de responsabilidad penal del menor y obligar al internamiento en régimen cerrado para todos los agresores.
Antes se dictaba ese internamiento en los casos de agresión con violencia o violación, pero ese castigo se extendió a conductas que antes eran consideradas solo abusos, medida que los juristas han alertado que puede ser desproporcionada y que el PSOE ha decidido corregir al reformar la norma.
Los socialistas admiten en su propuesta de reforma que, en algunos casos, esa ley acaba imponiendo a los menores de edad penas más graves que a los adultos. Mientras que en un mayor de edad puede esquivar el ingreso en prisión con una condena inferior a dos años si cumple determinados requisitos, el menor está obligado a cumplir el internamiento, que se reevalúa una vez superado la mitad del tiempo.
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