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1. Introducción.

La prisión provisional es una de las cuestiones más importantes a abordar para los familiares de la persona que permanece en esta situación procesal como consecuencia de la vista de situación personal del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El primer objetivo de los familiares es contratar a un abogado para sacar de la cárcel cuanto antes.

Ahora bien, habría que analizar la motivación por la cual la Fiscalía ha decidido tomar la decisión de establecer prisión provisional.

Es bien sabido que la prisión provisional muchas veces se establece en una duración que puede llegar al periodo de la visa e incluso a la sentencia, por lo que a continuación, veremos cuáles son las claves más importantes a tener en cuenta para evitar esto.

2. Claves de éxito en la petición de libertad provisional.

En primer lugar, según nuestros abogados penalistas, lo más importante a tener en cuenta será que la propia definición que la prisión provisional acomete es que el preso preventivo sólo podrá permanecer en prisión el tiempo estrictamente necesario e imprescindible para que se puedan practicar las pruebas pertinentes, por lo tanto, si somos capaces como abogados de justificar que se han excedido en ello y queda motivado que no concurren causas suficientes para que nuestro cliente siga en prisión provisional, tendremos un gran punto a favor para sacar a nuestro cliente de prisión provisional.

La segunda clave a tener en cuenta será la paciencia, y es que muchas veces se solicita la puesta en libertad de la prisión provisional de forma muy apresurada debido a la capacidad temprana de presentación de la misma, lo que acarrea un gran error debido a la falta de fundamentación.

Debemos de entender que solicitar la libertad provisional en por ejemplo, las primeras veinticuatro o cuarenta y ocho horas puede llegar a ser absurdo debido a que realmente hacer cambiar de opinión a un juez en tan poco tiempo después de tomar esa decisión puede ser una batalla difícil de ganar, por ello se recomienda, sin prisas, formular una buena solicitud con suficiente fundamentación y motivación que nos permita sacar a nuestro cliente de la prisión provisional.

La tercera clave para tener una fructífera solicitud de puesta en libertad provisional de nuestro cliente será analizar la motivación mediante la cual el juez que dictó auto, a solicitud del ministerio fiscal, determinó la prisión provisional, estudiando así si esas causas han decaído y determinando así el momento idóneo para solicitarlo.

Una cuarta clave a tener en cuenta para el éxito en nuestra solicitud de libertad provisional será ofrecer distintas formas y medidas de actuación que permita realizar de forma óptima la práctica de la prueba pero sin llegar a retirar la libertad a nuestro cliente, y sin que suponga posibilidad de destrucción de pruebas.

 A esto último se puede añadir una clave de éxito extra, que es que, si todas las pruebas se encuentran dentro de los juzgados, evidenciar y motivar que no existe por lo tanto, ningún tipo de riesgo de destrucción de pruebas y que por lo tanto, la prisión provisional debería de quedar sin efectos.

3. La fianza.

La fianza es la forma de obtener la libertad provisional más fácil, es decir pagando la cuantía que suponga el intercambio del dinero por la libertad de nuestro cliente.

No obstante, hay prisión provisional con o sin fianza que se determinará según la circunstancias, que en un inicio fueron determinadas por el juez a petición del ministerio fiscal, ya que si estas circunstancias han cambiado, se puede pedir libertad provisional y que posteriormente se dicta auto de libertad con fianza.




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