La Unión General de Trabajadores ha registrado en el día de hoy, en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, una propuesta de actuación concreta en relación a las empresas multiservicios.
Empresas que suelen centrarse en tareas de muy baja cualificación, en su mayoría, practicando una competitividad desleal con las empresas de servicios clásicas. Mano de obra más infravalorada, con peores expectativas en caso de perder su puesto de trabajo, con escasas o nulas oportunidades de invertir, a medio y largo plazo, en mejorar su formación.
Trabajadores que están atrapados en la trampa de la desprofesionalización, que tienen más riesgo de sufrir accidentes de trabajo o contraer enfermedades profesionales, gracias, en mayor medida, a la reforma laboral de 2012, que establece como prioritario el convenio de empresa por encima del convenio del sector, lo que ha debilitado las condiciones de trabajo y ha fomentado que estas empresas reduzcan derechos y salarios.
UGT ha impugnado numerosos convenios que no cumplen las mínimas garantías laborales y salariales recogidas en la ley. Pero no es suficiente. Por ello, el sindicato propone que el control respecto a estas empresas comprenda el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos y la verificación de las condiciones que están aplicando a sus trabajadores las empresas multiservicio que en su día negociaron un convenio y que después, por decisión judicial, fue declarado nulo, comprobando que se regularizan las condiciones de trabajo que hubieran sido recortadas anteriormente. En este sentido, el sindicato ha aportado a la Inspección un listado de convenios de empresas multiservicios anulados por la sentencia.
Una campaña que se debería extender a las condiciones discriminatorias de empleo de los trabajadores inmigrantes y a las condiciones de discriminación salarial por razón de sexo.
Para UGT, resulta imprescindible partir del criterio de especialidad, para determinar cuál es el objeto de aplicación, coincidiendo con el razonamiento de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios colectivos, y que supone aplicar a cada actividad desarrollada por el trabajador el convenio sectorial de referencia teniendo en cuenta el ámbito territorial donde esté trabajando.
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