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  • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la concesión de una incapacidad permanente absoluta a una trabajadora, otorgando igual relevancia tanto a sus afecciones físicas como a las psíquicas.

Lo destacable de esta sentencia es su énfasis en valorar de manera conjunta todos los diagnósticos que afectan a la trabajadora. Según Cristina Alonso, abogada de la demandante, la decisión se basa en “lesiones graves de columna que limitan la movilidad y la capacidad de estar sentada durante horas”, combinadas con “un cuadro ansioso-depresivo cronificado”. El tribunal subraya que estas limitaciones, tanto físicas como mentales, impiden a la trabajadora desempeñar cualquier actividad laboral con eficacia, diligencia y rendimiento mínimo.

El fallo también pone de manifiesto las dificultades a las que se enfrentan las personas jóvenes aún en edad laboral cuando se ven obligadas a solicitar una incapacidad permanente. Durante el prolongado proceso judicial, agravado por los recursos administrativos, las patologías suelen cronificarse y la falta de estabilidad económica dificulta el acceso a tratamientos que podrían mejorar su calidad de vida.

La letrada manifiesta que la sentencia es clara al advertir que “es imprescindible un análisis conjunto de las afecciones físicas y psicológicas para determinar el grado de incapacidad”. “Los tribunales están corrigiendo las decisiones de las mutuas y de los procesos administrativos de incapacidad, que a menudo, por intereses propios, la Seguridad Social se niega a resolver de manera favorable para los afectados”, afirma Alonso.

En su opinión, este fallo no solo ratifica el derecho de la trabajadora a una vida digna, sino que también sienta un precedente en la valoración integral de las incapacidades permanentes.




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