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  • Un cliente jubilado residente en Granada ha logrado una importante victoria al reclamar con éxito el derecho al complemento de maternidad, reconocido por la Sala de lo Social nº8 de Granada. Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó el complemento, pero el tribunal confirmó el derecho del cliente y le concedió una indemnización por discriminación.

Como resultado, el cliente recibirá un total de 17.266,63€, que incluye tanto la retroactividad del complemento como la indemnización, es decir, desde la fecha en la que accedió a su pensión (25/12/2016). El tribunal destacó que el demandante se vio obligado a recurrir a la vía judicial debido a la negación de su derecho por parte del INSS. Por ello, se concedió una indemnización de 1.800€, de acuerdo con los criterios del Tribunal Supremo y Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Importancia de la Sentencia y Reparación de Derechos

Nuria Martínez, letrada de sede de Unive Abogados Granada y encargada del caso, destacó la importancia de esta sentencia, subrayando la necesidad de reparación en casos de vulneración de derechos fundamentales. Este fallo no solo beneficia al cliente afectado, sino que también establece un precedente significativo para otros jubilados en situaciones similares. Martínez recomienda encarecidamente buscar el apoyo de profesionales con experiencia en estos procedimientos.

Requisitos para la reclamación:

Es crucial destacar que es posible presentar una reclamación cumpliendo con los requisitos para solicitar el complemento por maternidad, que incluyen haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, además de ser padres de dos o más hijos. Desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar infringiendo la legislación europea al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, independientemente de si son padres de uno o más hijos, lo que abre la posibilidad de presentar una reclamación.




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