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Madrid, 31 jul (EFE).- El Gobierno y los agentes sociales han cerrado este miércoles un acuerdo por el que se mejoran los incentivos a la demora de jubilación y se hacen compatibles con el trabajo, al tiempo que se permite el acceso a la jubilación parcial con contrato relevo tres años antes de la edad ordinaria.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado el acuerdo durante su comparecencia de balance del curso político, donde lo ha calificado de "muy positivo" porque hace "más justo" el sistema para millones de trabajadores y pensionistas.

El acuerdo, alcanzado tras meses de negociación, regula las materias que habían quedado pendientes en las anteriores reformas de pensiones y entre las que se encuentran, además de la jubilación demorada y activa y la jubilación anticipada con contrato relevo, el papel de las mutuas o el adelanto del retiro en profesiones penosas.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Sáiz, ha remarcado que hoy es un día "de satisfacción" y "muy importante", ya que "la sostenibilidad del sistema de pensiones, cuando las reformas nacen del dialogo social, está garantizada y se robustece".

Ha querido destacar que la regulación de la jubilación era "restrictiva" en la transición entre el trabajo y la pensión, pero con este acuerdo se abren "esas puertas que estaban cerradas" y "un abanico de posibilidades para esa salida progresiva del trabajo hacia la jubilación.

Además, ha destacado la importancia de "poner el valor de las mutuas" con el objetivo de "buscar la eficiencia de los recursos" y el hecho de que se adelante la edad de jubilación anticipada en actividades penosas y para profesiones con especiales riesgos.

La CEOE, cuyo comité ejecutivo ha ratificado el acuerdo este mismo miércoles, ha celebrado que el pacto "moderniza el marco de la jubilación en España para adecuarlo a los retos que deben afrontar las empresas".

También han mostrado su satisfacción los sindicatos: el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha destacado que extiende el contrato relevo y da flexibilidad a la jubilación activa, y CCOO ha señalado que constituye "una legislación mejorada del modelo de jubilación gradual y flexible".

Contenido del acuerdo

El acuerdo mejora los incentivos para demorar la jubilación: se calcularán por semestres (incrementado el 2 % el importe de la pensión), se elimina el requisito de contar con la carrera completa de cotización y se hace compatible con la jubilación activa.

En caso de jubilación activa se eleva la parte de la pensión que se puede cobrar mientras se sigue trabajando: 45 % el primer año, 55 % el segundo, 65 % el tercero, 80 % el cuarto y 100 % el quinto. En el caso de los autónomos con un trabajador contratado desde hace más de 18 meses o que hagan una nueva contratación, podrán percibir el 75 % de la pensión y elevar este porcentaje 5 puntos cada año hasta lograr el 100 %.

Por lo que respecta al nuevo marco regulador de la jubilación parcial, con carácter general se podrá acceder hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación (hasta ahora eran dos) y se establece que el trabajador relevista tendrá que tener contrato indefinido y a tiempo completo.

Los trabajadores de la industria manufacturera recuperan las condiciones previas a la reforma de 2011, que se aplicarán hasta 2029 con ciertos ajustes, entre ellos que la cotización de la empresa y el jubilado parcial se incrementarán progresivamente: 40 % en 2025; 50 % en 2026; 60 % en 2027; 70 % en 2028 y 80 % en 2029.

Además, el acuerdo abre la puerta a que las mutuas puedan colaborar con los servicios públicos de salud para realizar pruebas diagnósticas en patologías traumatológicas y prevé un nuevo procedimiento para el reconocimiento de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades penosas, tóxicas o peligrosas en base a circunstancias objetivas

Otras materias son una reducción de las cotizaciones par las empresas que reduzcan de manera considerable la siniestralidad laboral (al menos un 4 %) y una mejora de las pensiones para fijos discontinuos, cuyos días de trabajo computarán como 1,5 días a efectos de cotización. 




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