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La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha aprobado en su reunión extraordinaria de hoy el Plan de Desescalada y Reactivación, asumiendo las cuatro fases de desescalada establecidas por el Ministerio de Justicia, y desgranando las actuaciones a acometer en ocho componentes o ámbitos que se han identificado como críticos: incorporación progresiva de RRHH; acondicionamiento de sedes judiciales; gestión de agendas y actuaciones procesales; atención al público y profesionales; análisis estadístico y alerta temprana; colegiación de esfuerzos y coordinación; fomento del teletrabajo y de actuaciones judiciales por videoconferencia móvil y gestión de casos positivos o sospechosos. 

De forma previa, la Sala de Gobierno matiza que la planificación de la reactivación de la actividad judicial exigiría tener certeza sobre tres extremos que aún son una incógnita: la duración final de cada una de las fases previstas; la fecha exacta del alzamiento de la suspensión de los plazos y términos procesales, legalmente vinculada al mantenimiento del actual Estado de alarma; y la fecha exacta de levantamiento de la suspensión generalizada de las actuaciones judiciales programadas en todo el territorio nacional, decidida por el Consejo General del Poder Judicial.

Ante la imposibilidad de despejar dichas incógnitas, la Sala de Gobierno ha decidido tomar, como hipótesis de trabajo, la fecha del 10 de junio como el momento en que podría producirse el alzamiento de la suspensión de plazos y términos procesales vinculados a la vigencia del Estado de alarma; y podría iniciarse la celebración de las actuaciones que ya estuvieran programadas en las agendas judiciales con anterioridad al inicio del Estado de alarma. Así, cualquier retraso sobre esa fecha perjudicaría a las actuaciones programadas en el período temporal afectado por el retraso, pero no afectaría a las actuaciones ya realizadas de preparación de la organización para la reactivación de la actividad.

COMPONENTE 1.- Incorporación progresiva de recursos humanos

Tal como establece la Resolución de la Secretaría de Gobierno TSJMU de 11 de mayo de 2020, adaptando a la Región, la Orden JUS/394/2020 en la primera fase se han incorporado el 35 % de los funcionarios (el 100% en el caso de Registros Civiles), bien presencial, con un mínimo del 50 %, bien telemáticamente.

En el caso de los magistrados y letrados, como en de los fiscales, estos asumen actualmente el servicio en su órgano de destino, en la modalidad presencial o de trabajo telemático, pero siempre con completa disponibilidad.

De acuerdo a la normativa nacional, en la Fase II acudirán a cada centro de trabajo entre un 60 y un 70 % de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde.

Y, en esta etapa, el plan regional establece que los responsables en cada partido judicial remitan las propuestas de refuerzo puntuales o planes especiales de refuerzo necesarias.

Además, dentro de los parámetros que fija el Real Decreto, se contemplan un sistema de movilidad funcional de letrados de la Administración de Justicia y funcionarios para realizar labores de apoyo complementario en unidades con volumen de entrada crítico. La asignación será bien dentro del mismo centro destino, bien, en su caso, dentro del mismo municipio y que pertenezcan al mismo orden jurisdiccional.

En la Fase III ya acudirán a cada centro de trabajo el 100 % de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece. Y en la IV se asignan y actualizan destinos los equipos de apoyo otorgados por el Ministerio de Justicia de acuerdo con criterios de flexibilidad y movilidad funcional. Y se contempla la posibilidad de sustitución y refuerzo por letrados de la Administración de Justicia en prácticas.

COMPONENTE 2.- Acondicionamiento de sedes judiciales

El Plan contempla como uno de los aspectos críticos en el proceso de desescalada el acondicionamiento y adaptación de las sedes judiciales de la Región a las medidas de seguridad y prevención establecidas por las instancias competentes.

La reactivación de la actividad judicial a partir, sobre todo, del momento en que se alce la suspensión de plazos, términos y actuaciones programadas exigirá compaginar el funcionamiento de los servicios judiciales con el objetivo general de limitar los contagios y garantizar la seguridad y salud a través de las normas de seguridad y prevención aplicables. Para la necesaria coordinación se han constituido grupos locales de adaptación de sedes encargados de revisar en cada sede judicial los puntos marcados por la Gerencia Territorial. En concreto, se han establecido por la Administración competente servicios reforzados de limpieza de mantenimiento para las zonas comunes (escaleras, pasillos, ascensores, aseos, puntos de información, puestos de atención, etc.), zonas administrativas y de trabajo, así como de gestión de residuos. Se cuenta con una señalética unificada para garantizar el seguimiento de recomendaciones sanitarias establecidas.

Para la Fase II se establece además un plan de limpieza/desinfección de salas de vistas entre juicios, adaptado a cada sede judicial y de acuerdo a la programación de señalamientos.

COMPONENTE 3.- Gestión de agendas y actuaciones procesales

El documento contempla la necesidad de extremar las medidas para que las vistas y demás actos procesales se celebren conforme a las prevenciones y recomendaciones fijadas por el Ministerio de Sanidad, el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia.

Cumplido lo anterior, se procurará la máxima optimización de los días, turnos y salas asignados a cada órgano o dependencia y se fomentará el uso de medios telemáticos en la medida en que lo aconsejen las circunstancias de la actuación a realizar y previa decisión en tal sentido del titular del órgano o dependencia. El plan sugiere utilizar la intercalación de actuaciones presenciales y telemáticas como medio adecuado para evitar la concentración inadecuada de personas en un mismo espacio físico.

En cuanto a los criterios para la programación de agendas se establece que:

a)   Se priorizará la celebración de las actuaciones programadas cuya fecha sea posterior al alzamiento de la suspensión. 

b)   Las actuaciones suspendidas durante el Estado de alarma se reseñalarán en la fecha más próxima posible, tras el levantamiento de la suspensión. 

c)   Por último, en el señalamiento de las actuaciones en procedimientos de nuevo ingreso que tengan señalado carácter prioritario, se procurará su señalamiento tan pronto alcancen el estado procesal procedente, utilizando los huecos disponibles en las agendas.

Paralelamente, durante la Fase I las oficinas procederán a la revisión generalizada de señalamientos realizados con anterioridad a la declaración del Estado de alarma. La Audiencia Provincial establecerá un protocolo específico de gestión de señalamientos en causas por jurado.

Además, indica la conveniencia de activación del protocolo de conformidades firmado entre el Consejo General de la Abogacía y la Fiscalía General del Estado.

Y en la Fase III se procederá a la celebración ordinaria de actuaciones programadas, sin excepciones. Teniendo en cuenta la celebración prioritaria de los procedimientos enunciados en los arts. 3 a 5 y 7 del Real Decreto, hasta el 31 de diciembre de 2020, y demás calificados legalmente como de tramitación urgente y/o prioritaria.

Además, se prevé el cierre definitivo de agendas de señalamientos del mes de agosto antes del 1 de julio, con el objetivo de permitir a los profesionales la planificación de sus vacaciones.

Finalmente, en la Fase IV se retorna a la situación de funcionamiento anterior a la declaración del Estado de alarma.

COMPONENTE 4.- Atención al público y profesionales

Con la declaración del estado de alerta y las limitaciones de acceso a las sedes judiciales se organizó un sistema de atención al público y profesionales a través de correo electrónico. Se prescinde así, salvo en procedimientos esenciales, de la atención presencial y las peticiones de información en la sede, que se podrán dirigir a la cuenta de correo corporativo que tiene cada órgano judicial, y que está publicado en la página web.

Y en este punto, para todas las fases, hasta la vuelta a la normalidad, se establece la exigencia de que el público en general (excluidos los profesionales) solo pueda acceder al edificio en caso de citación, convocatoria o cita previa (a excepción de los juzgados de guardia o similar). Con carácter general, solo se permitirá el acceso a las personas citadas, no a sus acompañantes o familiares, salvo en los casos en que se requiera.

Según las indicaciones del Ministerio de Justicia, es responsabilidad de cada ciudadano y de los profesionales externos (procuradores, abogados, etc.) acudir a las sedes judiciales con sus propios medios de protección (mascarilla y guantes).

En cuanto a los Registros Civiles, el plan establece que se procurará la organización de un sistema de cita previa informática/telefónica, que permita solicitar/dispensar cita previa de forma íntegramente electrónica para todo tipo de trámites presenciales.

COMPONENTE 5.- Análisis estadístico y alerta temprana

Se han creado redes locales de alerta temprana que centralizan la información en un equipo permanente al que se ha dado acceso a la herramienta “cuadro de mandos” para poder elaborar informes semanales que permita contar en tiempo real con un sistema comparado de entrada de asuntos a través de la recopilación y análisis permanente de los datos estadísticos, para la reasignación de efectivos fundada en datos, así como informar a los operadores jurídicos internos y externos a la organización sobre la evolución de litigiosidad a partir de la crisis del COVID-19.

COMPONENTE 6.- Colegiación de esfuerzos y coordinación

Se han constituido doce grupos de trabajo mixtos con presencia de miembros de la Carrera Judicial, Carrera Fiscal, Cuerpo de Letrados Administración de Justicia y funcionarios de los Cuerpos de Gestión y Tramitación Procesal, Abogacía del Estado, Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma y profesionales de los colegios de abogados, procuradores, graduados sociales y economistas (más de 140 profesionales). Todos ellos han facilitado primera tanda de propuestas el 7/5/20 que han sido tenidas en cuenta para la redacción del presente Plan de Desescalada y Reactivación de la Actividad Judicial.

La mayor parte de dichos grupos de trabajo continuarán activos más allá de esa fecha para presentar propuestas periódicamente en el futuro.

En la misma línea de aunar esfuerzos, se puso en marcha una nueva iniciativa con el objetivo de fomentar la unificación de criterios y establecimiento de buenas prácticas en cuestiones jurídicas y procesales relacionadas con la crisis sanitaria y sus implicaciones en la Administración de Justicia. Cuyos resultados se ofrecen en la web del Poder Judicial.

COMPONENTE 7.- Fomento del teletrabajo y de actuaciones por videoconferencia

Desde el inicio de la crisis, el TSJMU, a través de la Secretaría de Gobierno y la SGNTJ del MJU, identificó la necesidad de sondear las posibilidades de teletrabajo para los funcionarios de los Cuerpos de Gestión y Tramitación Procesal, así como para incrementar las que ya disponían los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal y del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

A tal fin, se ha dotado a cada juez, magistrado, fiscal y letrado de la AJ de una sala virtual de videoconferencia. Además, en el seno de la Comisión Provincial de Coordinación de Policía Judicial, se aprobó el Protocolo para la declaración en dependencia policiales y judiciales de detenidos e investigados durante el estado de alarma derivado del COVID-19.

Igualmente, se ha creado una Sala de Videoconferencia móvil por cada Juzgado de Guardia en los 11 partidos judiciales de la Región y se ha interesado para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, si bien está pendiente en estos momentos de instalación.

A este respecto, el plan contempla para la Fase III que los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y demás actuaciones procesales podrán realizarse en modalidad telemática, en la medida en que lo permitan las circunstancias de cada caso y siempre a decisión del titular del órgano o dependencia.

COMPONENTE 8.- Gestión de casos positivos o sospechosos

Por último, el plan recoge la Guía de recomendaciones en caso de positivo de coronavirus en sedes o personal de la Administración de Justicia en la Región de Murcia elaborada en la que se contienen recomendaciones básicas para proteger la salud laboral de los profesionales y para poder prestar en las mejores condiciones los servicios esenciales a la comunidad.

El presente Plan de Desescalada y Reactivación de la Actividad Judicial ha sido concebido por el TSJMU como el resultado de un esfuerzo de colegiación y socialización entre todos los actores de dentro y fuera de la Administración de Justicia de la Región.

Así, un primer borrador elaborado en el ámbito de la Presidencia y Secretaría de Gobierno fue objeto de revisión por la Sala de Gobierno, la Fiscalía Superior, el Instituto de Medicina Legal y la Gerencia de Justicia, y consultado posteriormente por la Comisión Judicial de Seguimiento del COVID-19, las juntas y reuniones de jueces y magistrados, las juntas de letrados de Justicia y los colegios profesionales de abogados, procuradores y graduados sociales de la Región.

 




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