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  • La Comisión Europea ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a Polonia en relación con la Ley del Tribunal Supremo de ese país.

 

La nueva Ley del Tribunal Supremo reduce la edad de jubilación de los jueces de dicho Tribunal de 70 a 65 años, lo que sitúa a 27 de los 72 jueces en ejercicio del Tribunal en riesgo de verse obligados a jubilarse. Esta medida se aplica también al presidente primero del Tribunal Supremo, cuyo mandato de seis años, fijado en la Constitución polaca, se vería prematuramente interrumpido.

De acuerdo con la Ley, se ofrece a los jueces afectados por la reducción de la edad de jubilación la posibilidad de solicitar una prórroga de su mandato al presidente de la República, que este puede conceder por un periodo de tres años y renovar una vez. No existen criterios establecidos para la decisión del presidente y no cabe recurso judicial en caso de que la solicitud sea denegada. La Comisión considera que la introducción de una consulta al Consejo Nacional del Poder Judicial no constituye una salvaguardia efectiva, como alegan las autoridades polacas, pues el dictamen de este órgano no es vinculante y se basa en criterios imprecisos. Además, tras la reforma de 8 de diciembre de 2017, el Consejo Nacional del Poder Judicial está integrado ahora por jueces-miembros designados por el Parlamento polaco, lo que infringe las normas europeas sobre independencia del poder judicial.

La Comisión ha analizado rigurosamente la respuesta de las autoridades polacas a la carta de emplazamiento enviada por la Comisión el 2 de julio de 2018, relativa a la Ley sobre el Tribunal Supremo. La respuesta de las autoridades polacas no disipa las preocupaciones jurídicas de la Comisión.

La Comisión Europea mantiene su posición de que la Ley polaca del Tribunal Supremo es incompatible con la legislación de la UE dado que socava el principio de la independencia del poder judicial, incluida la inamovilidad de los jueces, y en consecuencia Polonia incumple sus obligaciones en virtud del artículo 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, leído en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Por tanto, la Comisión ha pasado a la siguiente fase del procedimiento de infracción. Las autoridades polacas disponen ahora de un mes para adoptar las medidas necesarias para cumplir con este dictamen motivado. Si las autoridades polacas no toman las medidas adecuadas, la Comisión puede decidir llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.




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