En relación con la huelga que están llevando a cabo los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ), el pleno del Consejo General de la Abogacía Española, en su reunión del 3 de febrero, ha emitido un comunicado en el que considera que:
- Todos los trabajadores y profesionales tienen derecho a ejercer la huelga en reclamación de los derechos o contraprestaciones que consideren justos. No obstante, tanto el Ministerio de Justicia como los propios convocantes tienen la obligación de continuar las conversaciones para alcanzar lo antes posible un acuerdo que ponga fin al daño desproporcionado al que está siendo sometida la ciudadanía y permita a los juzgados recuperar su actividad en condiciones de normalidad.
- El ejercicio del derecho de huelga por parte de los LAJs está perjudicando seriamente el funcionamiento de los juzgados y tribunales, causando la suspensión de miles de vistas y haciendo perder a los implicados en las mismas decenas de miles de horas. La Abogacía considera que la materialización de este ejercicio no debe menoscabar otros como el derecho de defensa y el derecho de acceso a la justicia, especialmente en los casos de mayor urgencia o en los que se vean involucradas personas en situación de vulnerabilidad.
- Los actos asociados a la huelga no pueden tener como cometido causar el mayor daño posible a los derechos de la ciudadanía, sino mostrar a la otra parte el malestar por la situación y la necesidad de modificarla. Suspender los actos judiciales ya supone en sí mismo un daño severo al funcionamiento de la Justicia, pero obligar a los profesionales y a los justiciables a malgastar miles de horas en acudir a señalamientos que en ocasiones los convocantes saben con anticipación que no se celebrarán supone un injusto castigo adicional a quienes ya antes de que comenzase la huelga eran los principales perjudicados del colapso de los juzgados y tribunales.
- Por todo ello, mientras continúa la huelga, la Abogacía demanda a los LAJs que, en aras a limitar los perjuicios que se causa a los justiciables, notifiquen con suficiente anticipación a las partes implicadas en señalamientos la suspensión de los mismos independientemente de las causas.
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