La secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortes, y el delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco Babín, han firmado hoy un protocolo que regula la colaboración en la gestión de bienes embargados por delito de tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados cuya gestión haya sido encomendada por un juez o tribunal competente a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA).
En virtud de este protocolo, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la ORGA establecerán pautas de actuación coordinada que aporten más eficacia en la gestión de bienes intervenidos, embargados o decomisados por resolución judicial (inmuebles, vehículos, embarcaciones, joyas, objetos de arte, etc…) de manera que se evite su rápida depreciación o deterioro y se garantice el máximo beneficio económico de los mismos.
La ORGA se compromete a solicitar a los juzgados y tribunales la gestión de estos bienes cuando por su especial naturaleza, costes de conservación o rápida depreciación, se puedan evitar actuaciones antieconómicas, además de registrar en su sistema informático la fecha de la anotación preventiva del embargo en el registro público correspondiente, en especial en el Registro de la Propiedad. Cada seis meses, la ORGA informará a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas de las nuevas altas que se produzcan en relación con el delito de tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
Por su parte, la Delegación facilitará a la ORGA toda la información disponible sobre los bienes embargados en delitos de narcotráfico de manera que aquella pueda verificar la integridad y exactitud de los datos que consten en un expediente, así como cualquier información relevante de que disponga en relación con su gestión.
Ambas instituciones han acordado intercambiar información sobre previsiones en materia de tasación, planificación de subastas o procedimientos de enajenación que puedan afectar a estos bienes y solicitarán conjuntamente a los juzgados la destrucción de bienes embargados sin valor de mercado cuando el mantenimiento y la gestión de los mismos sean gravosos para la Administración.
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