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INTRODUCCIÓN

“Un estudiante de 14 años ha sembrado el pánico este jueves en el instituto de Secundaria Elena García Armada de Jerez al atacar con dos cuchillos a profesores y alumnos del centro antes de ser detenido por agentes de la Policía Nacional”.

La semana pasada asistimos a un hecho que nos hizo una vez más repensar qué está pasando con nuestros jóvenes y sobre todo reflexionar sobre qué estamos haciendo mal. Según muchos alumnos y alumnas este chico de 14 años estaba sufriendo bullying muy probablemente por tener síndrome del espectro autista,  lo que le hace “diferente” a los ojos de los demás compañeros y compañeras.  Aunque desde el Instituto se ha negado que hubiera un proceso abierto sobre bullying y no les constaba ninguna denuncia, todo indica que así era. En este caso,  la primera pregunta sería ¿qué protocolos existen? ¿en un mundo donde ahora todo es justicia restaurativa, no hay un programa de justicia restaurativa para prevenir o hacer frente al acoso independientemente de que siga su curso el protocolo administrativo del colegio? ¿Es necesario una denuncia para iniciar un protocolo antibullying? ¿Los colegios e institutos no pueden detectar estos casos aunque la víctima no quiera denunciar o no pueda por miedo por ejemplo?

JUSTICIA TRADICIONAL Y JUSTICIA RESTAURATIVA

La justicia restaurativa surgió en el ámbito penal para buscar una mejor atención a las personas que sufren un delito, dándoles voz y oportunidad de participación si así lo desean. Además busca que las personas ofensoras entiendan el impacto de sus acciones y decidan en base a esto que necesitan mitigar el daño causado.  Sin embargo, con el paso del tiempo se ha visto que la esencia de la justicia restaurativa puede ser aplicable a cualquier ámbito en el que como seres humanos nos relacionamos y podemos causar daños como el escolar.  Por eso, sorprende que aunque parece que las prácticas restaurativas están extendidas, no parece que se estén haciendo con las debidas garantías o asiduidad necesaria como para prevenir o reparar cuando se producen casos de acoso o de conductas antisociales que puedan perturbar las relaciones en la comunidad escolar.

En este caso y puesto que el chico tiene 14 años muchas personas solo se han planteado que tiene edad para ser imputado penalmente y es suficiente con esto. Incluso no son pocos los que hablan de que es hora de reformar la ley de responsabilidad penal del menor, como si el aumento de la penalidad fuera la solución mágica a todos los problemas. Sin embargo, si pensamos solo en justicia tradicional, no vamos a hacer frente al origen de la conducta agresiva, algo esencial para evitar que se repitan. Y tampoco vamos a ayudar a todas las personas afectadas a sanar tras lo vivido. Y es fácil de entender si hacemos una comparación entre la justicia tradicional y lo que implica la justicia restaurativa.

La justicia tradicional siempre se hace la misma pregunta por qué, por qué has hecho esto, además parte de la idea de que los seres humanos somos racionales. La justicia restaurativa entiende que es difícil responder al por qué y se basa en preguntarse qué estaba pasando con esta persona para que decidiera dañar a otras personas. Además entiende que somos seres emocionales y muchas veces cuando tenemos un comportamiento lo hacemos más guiados por las emociones que por la razón.  Por otra parte mientras que la justicia tradicional entiende que el castigo disuade del delito,  la justicia restaurativa parte de la idea de que las relaciones sanas disuaden de causar daños.

Viendo estas diferencias básicas podemos entender que nadie se levanta una mañana y decide que va a llevar un cuchillo al colegio. Sin justificar cualquier acción violenta, es necesario entender lo que estaba pasando este chico para poder abordar lo que ha ocurrido de una manera sanadora para todos, y tomando medidas para limitar que estas acciones vuelvan a suceder.

Y vamos a partir de lo que hemos comentado las relaciones sanas disuaden de causar daños,  en justicia restaurativa y siguiendo a Zehr hablamos de tres valores esenciales y en torno a los cuales podemos construir cualquier programa de justicia restaurativa: el respeto, la responsabilidad y el fortalecimiento de las relaciones. Y muy relacionado con este último, está la idea de que  las relaciones sanas disuaden de cometer delitos porque es la esencia para que las personas no quieran dañar . Si tenemos una persona desconectada de la comunidad en la que vive (escolar, familiar, comunitaria etc.) no tendrá ningún reparo en dañar o cometer un delito porque no se siente parte de ella. No siente conexión. Solemos utilizar en los programas de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa esta frase que define muy bien lo que implica la falta de conexión con los demás: “El niño que no sea abrazado por su tribu cuando sea adulto quemará la aldea para sentir su calor”.

Y ahí está el problema, cuando nos encontramos con un niño o niña que no molesta, no es un elemento disruptivo pero no se relaciona con nadie, es necesario prestarlo atención (todo lo contrario a lo que podría parecer ya que si no molesta no daña). Es importante que se sientan conectados con el grupo y no se sientan aislados porque corremos el riesgo de que al no sentir esta relación no le importe dañar. Y es lo que ha pasado en el caso que hemos comentado y sucede en muchos otros.

No hay una solución mágica que pueda asegurar que estos hechos no vuelvan a suceder pero si ponemos a las personas en el centro del sistema, si invertimos en construir y fortalecer relaciones es mucho menos probable que se reiteren estas conductas.  Y para ello es necesario que las prácticas restaurativas que no mediación se hagan por personas preparadas. Una vez más hay que recordar que la mediación es un buen elemento para enseñar la cultura del diálogo y la comunicación a nuestros jóvenes. Pero no aplica cuando existe un daño que causa un desequilibrio como el bullying.

Hay prácticas restaurativas que promueven la prevención y la generación de sentimiento de pertenencia al grupo. En cambio, la mediación se aplica en contextos de conflictos con co responsabilidad. Son dos elementos importantes que deben funcionar en las aulas pero se aplican a contextos y casos radicalmente diferentes.

PRÁCTICAS RESTAURATIVAS PARA SANAR Y PREVENIR

La justicia restaurativa tiene un alto porcentaje de trabajo de construir comunidad y en el caso de los colegios e institutos es esencial (comunidad escolar). Esta construcción de comunidad implica prácticas para que los chicos y chicas socialicen, entiendan el valor del respeto, de la idea de que no todos somos iguales. Valoren que todos podemos cometer errores y dañar pero nuestro deber es asumir la responsabilidad y realizar acciones encaminadas a mitigar el daño causado. Es importante que vean la importancia de pertenecer a la comunidad con las diferencias que aporta cada individuo. Pero si vemos que hay alguna persona que se desconecta también podemos usar estas prácticas para fortalecer la comunidad. Y en último caso,  si las relaciones se dañan o simplemente nunca existió este sentimiento de pertenencia a la comunidad,  la justicia restaurativa y sus diferentes prácticas pueden ayudar a reparar el daño, crear relaciones o al menos recomponerlas sobre la base de los valores restaurativos de los que hemos venido hablando.

Esto que estamos hablando no es utopía, como hemos afirmado se trata de invertir no solo en conocimientos sino también en personas. Además requiere un compromiso serio del sistema, vemos como siempre se habla de prácticas restaurativas pero pareciera que no se están haciendo por personas con formación adecuada, o se dice que se hace y luego no se llega a materializar en prácticas y programas concretos en los diferentes colegios e institutos. Interesa más la formación en justicia restaurativa que realizar la justicia restaurativa. Es más es frecuente en muchos ámbitos confundir impartir un curso de formación en justicia restaurativa con la realización de programas restaurativos.  También deberíamos plantearnos si estas prácticas las tienen que realizar los profesores ya de por si saturados con las diferentes materias que tienen que impartir, por psicólogos del centro (que hacen terapia y acompañamiento pero no es justicia restaurativa) o si esta función debería coordinarse con una persona experta en prácticas restaurativas que trabaje en los centros permanentemente  o colabore esporádicamente en realizar estos programas restaurativos.

En nuestra opinión debería ser un experto en justicia restaurativa bien asociado al centro o independiente que se dedique exclusivamente a diseñar e implementar un programa de justicia restaurativa adecuado a las necesidades del centro. Sin perjuicio, de que los diferentes miembros de la comunidad escolar en sus clases  y grupos con la formación adecuada puedan realizar una práctica restaurativa concreta cuando lo necesiten o crean conveniente para el buen funcionamiento del grupo.

Podemos pensar que es costoso, innecesario o que ya existen los protocolos de la administración, no hablamos de eliminar estos protocolos sino de complementarlos con prácticas que generen futuros adultos responsables, tolerantes, empáticos y sobre todo con las habilidades para entender que todo derecho lleva aparejado responsabilidades.




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