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He venido desarrollando a lo largo de varios Post líneas de pensamiento que, en mi opinión, confluyen en un gran y único tema, esto es, la e-Justicia.

Este se podría denominar el post fusión porque bajo el titular Agenda 2030, he hablado del acceso a Justicia y Justicia Abierta, de la Justicia Abierta, de la Participación Ciudadana, de  la Innovación tecnológica y la protección de datos, mientras que bajo el título de ODR, he hablado de la Innovación Tecnológica y la Justicia Abiertasobre los diversos términos y signifcados del vocabulario ODR,  sobre los Nativos e Inmigrantes digitales, respecto al Desarrollo de la Inteligencia Articial en la Justicia (Parte i) y Parte IIrespoecto de los llamados No Lugares de Internet, y todos estos post se han ido sumando a la idea de la vialibilidad de la Justicia Restaurativa Online tema éste último sobre el que a veces bajo el título de Justicia, Dogmática Penal he ido explicando el enfoque Restaurativo Transformativo de las Prácticas Restaurativas, que en el ámbito penal y conforme mi último libro el Hecho Jurídico Restaurable. Nuevo enfoque en Derecho Penal nos conduce a la e-Justicia.

Hasta hace poco tiempo atrás el modelo organizacional podría resumirse en dos postulados: a) el impulso de una adecuada gobernanza potenciando la democracia participativa y el sistema republicano, y b) la organización y gestión a través de la innovación en el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) que da lugar al paradigma del Estado Abierto.

En los últimos tres siglos, hemos denominado Revolución Industrial a las grandes transformaciones sociales.

Hay autores que sostienen que en estos momentos nos encontramos iniciando la cuarta revolución industrial, debido a las tecnologías disruptivas como la biotecnología, nanotecnología, robótica, etc., que están transformando nuestra realidad al: 1) transformar radicalmente la forma de procesar los datos y la información, y 2) la mutación exponencial de las nociones de tiempo y espacio.

Y si a nadie se le ocurre, hoy en día, discutir las ventajas y avances que proporcionaron los procesadores de texto, podemos estar seguros de que dentro de unos pocos años, lo mismo ocurrirá respecto de la Inteligencia Artificial (IA).

La Justicia 4.0 evoluciona de modo exponencial al disponer de tecnologías disruptivas como la computación cuántica, el internet de las cosas, el blockchain, la inteligencia artificial, etc. El paradigma 4.0 se construye principalmente sobre estos dos últimos, la inteligencia artificial y el blockchain, y su gran potencial es el de lograr una efectiva revolución en materia de eficiencia, transparencia, apertura y mejor gestión.

La capacidad de almacenamiento y la velocidad de procesamiento de la información/datos son los dos pilares de esta cuarta revolución industrial.

Sin embargo, esta explosión de información, conocida como Big Data, conlleva nuevos desafíos. Entre los más importes se encuentra el vinculado al crecimiento de la información que se estima en un 30% anual, lo que viene a significar que cada 3 años se dispone de más información nueva que la generada en toda la historia de la humanidad.

Hemos pasado de un estado de desinformación y/o información pobre a la sobreinformación o saturación informativa, lo que nos conduce al comienzo pues paradójicamente produce desinformación, derivada de la incapacidad de la persona de procesar la inmensa cantidad de información diaria que se produce y que además se encuentra disponible de forma ilimitada.

Ante esta situación se impone la innovación, la sistematización, decodificación, facilitación, simplificación de datos, etc., y es aquí donde entra en juego la Inteligencia Artificial.

Hoy en día la propuesta se basa en sistemas combinados de intervención humana e inteligencia artificial, es decir, asistencia híbrida combinando ambos sistemas de forma tal de permitir la optimización de la denominada apertura judicial a partir de la idea de los asistentes (primero híbridos, luego virtuales).

 

Bibliografía: 

 Ph.D., director de Acuerdo Justo. Profesor de derecho penal y justicia restaurativa en el CUBC y profesor en técnicas de expresión, argumentación y negociación en la UOC. Autor del Programa Quinquenal de Prácticas Restaurativas en el ámbito penal para la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos (DNMyMPRC) del Ministerio de justicia de Argentina, más información en: http://www.hechojuridicorestaurable.com

Conforti, Oscar Daniel Franco. 2019. El hecho jurídico restaurable. Nuevo enfoque en Derecho Penal. Madrid: Dykinson.

Schwab, K. 2017. La cuarta revolución industrial. Buenos Aires: Debate.

Corvalán Juan G., y Sá Zeichchen Gustavo. 2018. Justicia 4.0 el uso de inteligencia artificial para acercar la justicia a los ciudadanos, en Sandra Elena, Justicia Abierta: aportes para una agenda en construcción. Buenos Aires: ediciones SAIJ.




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