Ana María Castro Martínez
Durante la celebración del I Congreso IN.XURGA sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Dependencia que se celebró en Pontevedra los día 21 y 22 febrero de 2018 impartí una de las ponencias titulada: "LA LECTURA FÁCIL. IMPRESCINDIBLE HERRAMIENTA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”. En la misma expuse mi forma de trabajar con la herramienta cuando realizo adaptaciones de resoluciones judiciales: sentencias, autos, medidas cautelares, acuerdos etc para personas con discapacidad intelectual a las que les es imposible acceder a la comprensión de un texto jurídico en los términos en que se están dictados y donde ellos son los protagonistas. Compartí varias buenas prácticas que llevo a cabo desde principios del año 2015.
¿Qué buenas prácticas hice públicas? Pues una de ellas es realizar la adaptación del texto judicial en la lengua en la que la persona con discapacidad intelectual se desenvuelve en su vida con mayor soltura, caso contrario de adaptar en otra lengua que no domina sería entorpecer todavía más la comprensión. En este caso, en la Comunidad Autónoma de Galicia tenemos lengua propia, el galego, muchas de las personas que obtienen estas resoluciones hablan y se desarrollan en su entorno en esta lengua siendo su primera lengua, por ello entendiendo que debo realizarla en tal idioma para lo que cuento con una filóloga en lengua galega que realiza correcciones específicas de la lengua. Creo que es una buena práctica que debe divulgarse dado que en sí misma es una forma de acercar todavía más la comprensión al colectivo de personas con discapacidad intelectual en su lucha por saber qué les dice el Juez en una resolución de la que son parte. Esta fue la primera práctica que compartí con el auditorio.
La otra buena práctica que difundí es la forma en que trabajo a nivel escritos judiciales con este tipo de materia cuando está a punto de dictarse la resolución o una vez dictada y que consiste en solicitar a su Señoría que la resolución que dicte lo haga en esta técnica o haga lo posible para que se adapte en la técnica lectura fácil el texto que redacte, así de simple, como suena, una y otra vez, solicitarlo mediante escrito que quedará unido al procedimiento. La respuesta a tal petición puede que no llegue nunca, las razones se me escapan, igual se desconoce el método o la forma de poder hacerlo factible, o igual hay respuesta donde se insinúa que no existe presupuesto para tal adaptación o que no existe departamento en la Administración para tal fin. Como quiera que sea, con respuesta o sin ella, desde mi despacho lo solicito en todos los procedimientos que defiendo en materia de discapacidad y dependencia donde interviene una persona con discapacidad intelectual, es más, también lo solicito cuando una de las partes es una persona mayor con deterioro cognitivo. Y esto lo hago desde comienzos del 2015. Por sistema. Esta manera de proceder sui generis la hice pública durante la impartición de la ponencia a la que aludo al inicio. Intenté generar entusiasmo entre los participantes haciendo un llamamiento para que también, los que, como letrad@s actúen en procedimientos de esta índole, si es su deseo, se sumen a mi forma de proceder y realicen esta concreta petición y así, poco a poco, entre todos los operadores jurídicos hacer ver a la Administración que es necesario para este colectivo adaptar los textos judiciales en los que son parte los pertenecientes al colectivo de personas con discapacidad intelectual. No sé si ha calado entre los oyentes, tampoco si algún letrad@ ha comenzado a practicarlo, no sé si será seguida pero la idea la lancé y ahora ya depende de los compañer@s en considerarla interesante y llevarla también a la práctica. Por mi parte, compartí mi proceder en el ejercicio de la profesión en esta materia tan concreta.
Dos buenas prácticas. Ahí quedan también para el lector. Daré cuenta del resultado tras el seguimiento en el momento oportuno. Anímense.