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Recibo el otro día, una DIOR (Diligencia de Ordenación, para los profanos) que textualmente dice lo siguiente: “…Se procede a la devolución del escrito de impugnación presentado el día 22/5/23 al estar presentado como P.O. y no poderse aceptar por tratarse de un procedimiento transformado a OAL, para que por el letrado D. Bernat Miserol Font lo presente en el presente procedimiento…”.

Así, de pronto, entiendo que pretenden decirme que me devuelven un escrito que acabo de presentar en el procedimiento, para que lo presente en el procedimiento. Pero es que resulta que lo acabo de presentar. Cuando lo leo más detenidamente, me parece entender que presenté el escrito como P.O., pero que lo tenía que haberlo presentado como OAL, porque el procedimiento se ha transformado. Raudo y veloz, me voy a consultar la reciente Ley conocida como “ley trans”.. Pero parece que no, que sólo se refiere a las personas humanas, no a los procedimientos judiciales.

Y a todo eso, ¿qué diablos significa esto de P.O.?.. ¿y lo de OAL?..., ¿qué diantres es?. Mi limitada inteligencia no da ya para estas maravillas de la ciencia procesal. Consulto la LRJS, (por Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) y luego la LEC, por (Ley de Enjuiciamiento Civil).. y no me viene ni P.O., ni OAL, así que sigo con el misterio. Voy dándole vueltas, sin atinar a que es lo que me quieren decir desde el Juzgado. Me voy a comer. Dejo la mitad de la comida porque la angustia no me deja engullir casi nada. Solo me entra la cosa de beber.. Y no se si fue esto, pero al final, ya bajo la influencia etílica, vi la luz: P.O., debía significar, seguramente “Procedimiento ordinario” y OAL “Oficio Autoridad Laboral”, es decir, procedimiento de oficio instado por la Autoridad Laboral, para decirlo con todas sus letras. Vamos que siendo puristas, se debería haber abreviado como POAL o algo así.

Liberado ya de esta terrible carga procesal, me pregunto ahora, qué tengo que hacer para presentar el escrito que ya había presentado cometiendo, al parecer, el terrible sacrilegio de haberme equivocado de tipo de procedimiento, por lo del procedimiento "trans".

Parece que en el Juzgado tampoco se quedaron muy tranquilos después de soltar la DIOR y al día siguiente me llamaron de oficio, para explicarme lo que tenía que hacer. Y la cosa era tan simple como volver a presentar el escrito, marcando la pestaña que estaba al lado de la que había marcado yo, seguramente queriendo marcar la buena. Vamos, que todo venía de que el ratón de mi ordenador señaló la casilla que no tocaba.

Visto ahora con perspectiva, me resisto a pensar que esta según parece complicada operación de marcar la pestaña correcta, no la podía hacer el funcionario del Juzgado en un plis plas y sin necesidad de mucho más. Y si es verdad que no podía, peor me lo poneis.

Me equivoqué, sí, pero no había para tanto y menos para este embrollo de abreviaturas que me llevaron directamente a la bebida.




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