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Después de las quejas por el encarecimiento eléctrico, el Gobierno ha decidido reducir el IVA en la factura de la luz.

A raíz de las quejas por el encarecimiento eléctrico, el Gobierno ha decidido reducir el IVA en la factura de la luz.

¿De qué rebaja estamos hablando?

¿Hasta cuándo estará vigente?

Te explicamos los detalles a continuación.

La nueva factura eléctrica

El 1 de junio amanecíamos con la nueva factura de la luz que se caracteriza, principalmente, por establecer diferentes tarifas en función del horario de consumo. Concretamente, se establecen tres costes que se aplican en función de la hora del día:

Tarifa punta: de lunes a viernes de 10h a 14h y de 18h a 22h
Tarifa llana: de lunes a viernes de 8h a 10h, de 14h a 18h y de 22h a 24h
Tarifa valle: de lunes a viernes de 00h a 8h, todo el fin de semana y los festivos.

Se trata de iniciar un camino hacia una economía baja en emisiones, puesto que se trata de trasladar la mayor parte del consumo hacia horarios de menor demanda, evitando realizar inversiones innecesarias en la red. Adicionalmente, se trata de que el coste de carga de vehículos eléctricos se realice a un precio reducido.

Sin embargo, con esta nueva regulación se encarecía enormemente la factura eléctrica y muchos han sido los sectores que se han movilizado para solicitar que se pusiera remedio a esta situación.

Cambios en el IVA: del 21% al 10%

Finalmente, en respuesta a todos los llamamientos que se han llevado a cabo, el Gobiernoha aprobado el Real Decreto Ley 12/2021, donde se rebaja el tipo impositivo de IVA que pasa a establecerse en un 10% frente al 21% que venía siendo aplicado en la factura de la luz hasta este momento.

Aunque la mayoría de los hogares españoles e incluso muchos autónomos se van a poder beneficiar de la rebaja del IVA, cabe destacar que se trata de una medida excepcional y de carácter transitorio: tiene una duración hasta el 31 de diciembre de 2021 y siempre que la potencia del contrato no supere los 10Kw.

También se ha previsto que los consumidores que sean perceptores del bono social y tengan reconocida la condición de consumidor vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social también tengan derecho a la rebaja del IVA al 10%.
En ambos casos, la entrada en vigor de la norma se ha producido en fecha de 26 de junio.

 

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