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 Con la reducción del IVA al 4% el precio por cada mascarilla queda fijado en 0,62 céntimos.

El nuevo Decreto Ley con fecha del 18 de noviembre,  Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria recoge entre otras medidas la bajada del IVA de las mascarillas del 21% al 4% “se rebaja temporalmente, del 21 al 4 por ciento, el tipo impositivo del IVA aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables”.

Esta bajada aplica exclusivamente a las mascarillas quirúrgicas desechables, sin afectar al precio de todas las demás existentes en el mercado, dejando fuera otros tipos, como las FFP2 o las de tela. Gracias a esta medida los ciudadanos tendrán una reducción del coste de estos productos sanitarios que son además de uso obligatorio.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo precio de las mascarillas?

El nuevo precio de las mascarillas entró en vigor el jueves 19 de noviembre, y desde ese mismo día empezará a aplicarse ese nuevo IVA al 4%, pero no será para siempre ya que el Decreto Ley estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021.

Importe máximo de venta

El Ministerio de Sanidad había aprobado ya el pasado 22 de abril de 2020 un importe máximo de venta al público de las mascarillas quirúrgicas de 0,96 céntimos. El nuevo importe de 0,62 céntimos es susceptible de una nueva revisión atendiendo a la evolución de los precios del mercado, según publica el BOE. Es importante tener presente que esta rebaja del IVA no afecta al precio máximo de las mascarillas quirúrgicas, esto significa que las mascarillas quirúrgicas se podrán seguir vendiendo a un precio máximo de hasta 0,62 céntimos (precio final de venta al público, con el IVA ya incluido).

Con este precio se vuelve a reducir el precio máximo de las mascarillas quirúrgicas, después del recorrido que ha tenido a lo largo de la pandemia. Es la tercera que se regula el valor de la mascarilla quirúrgica. En un primer momento, en el mes de abril, se fijó un precio máximo de 0,96 céntimos por unidad, después de que en el pico más alto de la primera ola y cuando faltaban productos sanitarios, alcanzaran precios desorbitados.

El precio de 0,96 céntimos la unidad ha estado en vigor hasta la pasada semana, cuando el Gobierno lo rebajó hasta 0,72 euros. Ahora, con la reducción del IVA al 4% queda en 0,62 céntimos cada mascarilla, una vez que está vigente ese gravamen superreducido. 

¿Qué sucede si un vendedor sube el precio de las mascarillas?

Desde el martes 17 de noviembre, ningún establecimiento podrá vender mascarillas a un precio por encima de los 0,62 céntimos por mascarilla. De este modo el precio máximo, IVA incluido no podrá superar ese importe de modo que se notará el descenso del impuesto en el coste final para los consumidores. Además,  en el caso de que no lo hiciesen,  y vendiese por encima de su precio regulado, y fuese denunciado por ello ante las autoridades, serán estas quienes determinen la gravedad de los hechos, pudiendo imponer sanciones de acuerdo a cómo llegasen a considerar el tipo de infracción cuya graduación dependerá de la reincidencia, del número de consumidores afectados, del volumen de negocio (no es lo mismo una farmacia que un gran centro comercial) según recoge el artículo 50 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios:

a) Infracciones leves, hasta 3.005,06 euros.

b) Infracciones graves, entre 3.005,07 euros y 15.025,30 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los bienes o servicios objeto de la infracción.

c) Infracciones muy graves, entre 15.025,31 y 601.012,10 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los bienes o servicios objeto de infracción.”


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