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¿Sabías que hay una nueva normativa en la inspección de ITV? ¡Te lo explicamos todo!

El pasado 1 de julio entró en vigor la nueva versión del Manual de procedimiento de inspección de las estaciones I.T.V. La novedad más importante es que en esta revisión se eliminan las adaptaciones que surgieron a raíz de la COVID-19, básicamente en lo referente a entrar en el vehículo. Este manual es el que desarrolla los criterios técnicos que deben aplicarse a las inspecciones de vehículos.

Entre otras novedades, encontramos:

La comprobación del número de bastidor

El bastidor es un código alfanumérico compuesto por 17 caracteres, que está grabado o troquelado en el vehículo. También consta en la documentación del vehículo. Mediante inspección visual se comprobará que este número sea legible, que este completo y que coincida con la documentación del vehículo. Cualquier alteración será calificada como defecto grave.

La Comprobación de la centralita electrónica del vehículo mediante OBD (“On Board Diagnostics”)

El Lector OBD permite la conexión de la centralita electrónica del vehículo a un ordenador externo. Se comprobará que no existan modificaciones no autorizadas o errores. También se comprueba la emisión de gases por este sistema en algunas categorías de vehículos con niveles EURO 5. Los defectos en esta categoría pueden ser calificados como leves o graves.

Detalle del procedimiento para la solicitud de duplicado de tarjeta de la ITV

La tarjeta de ITV es la que acredita que el vehículo cumple los requisitos para circular. Se ha creado una nueva ficha donde se detalla cuál es el procedimiento y la documentación necesaria para solicitar un duplicado de la tarjeta de ITV dependiendo de si el vehículo está o no matriculado, tiene o no obligación de pasar ITV, la tiene en vigor e incluso si la tiene en soporte físico o electrónico.

¿Cómo pueden ser los defectos del vehículo según la ITV?

Debemos recordar que en la inspección del vehículo nos pueden calificar los defectos como:

  • Defectos leves (DL)
    Aquellos que no tienen un efecto significativo en la seguridad del vehículo o sobre el medio ambiente, los cuales deberán repararse lo antes posible, pero no requiere de nueva inspección a no ser que la inspección sea desfavorable o negativa.
  • Defectos graves (DG)
    Son aquellos que disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo o ponen en riesgo a otros usuarios de las vías públicas o que pueden tener un impacto sobre el medio ambiente. Inhabilitan al vehículo para circular con excepción del traslado al taller y vuelta a la estación de ITV para nueva inspección.
  • Defectos muy graves (DMG)
    Si dichos defectos son de tal naturaleza que la utilización del vehículo constituyese un peligro para sus ocupantes o para los demás usuarios de la vía pública, la estación ITV calificará el defecto como muy grave y la inspección como negativa. En este supuesto, el traslado del vehículo desde la estación hasta su destino y vuelta a la estación de ITV para nueva inspección una vez subsanados, se realizará por medios ajenos.

 




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