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  • Declara la nulidad del IRPH, cláusula suelo y los gastos de formalización de la hipoteca en una sentencia de más de 50 páginas
  • Condena la devolución de todos los gastos de formalización incluyendo el IAJD

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Marbella ha condenado al Banco Popular en una sentencia tan contundente como pionera, anulando “de un solo golpe” un total de 3 cláusulas de la misma hipoteca: una cláusula suelo, la cláusula IRPH y la cláusula de gastos de formalización. Según el letrado que ha llevado la dirección de este asunto, Francisco Orozco del despacho con sede en Ronda y Sevilla Francisco Orozco & Asociados, “la entidad deberá devolver a esta marbellí más de 40.000 euros”.

Pero además, la novedad de esta resolución no solo radica en la magnitud del fallo, sino en la argumentación que ha utilizado el juez D. Ángel Sánchez Martínez para motivar sus pronunciamientos en una sentencia de 50 páginas.

Por un lado, el magistrado vuelve a invalidar el IRPH en vísperas de que el Tribunal Supremo siente jurisprudencia sobre este índice de referencia que sustituyó al Euribor en miles de hipotecas durante la burbuja inmobiliaria. El Alto Tribunal ya ha anunciado que el próximo 22 de noviembre resolverá sobre este asunto. Aunque, según ha expresado Francisco Orozco “al igual que ocurre en Marbella, un amplio número de juzgados en toda España declaran la nulidad del IRPH a expensas de que se pronuncie el Tribunal Supremo”.

En cuanto a la cláusula suelo, es de sobra conocido que los empresarios no pueden acogerse a la doctrina que declara su nulidad. Según el letrado, en este caso la deudora solicitó un préstamo para comprar un local comercial. Durante el proceso, el banco alegó que no le resultaría aplicable la normativa en defensa de los consumidores y usuarios porque la deudora tendría la condición de empresaria al momento de escriturar el préstamo. El juzgador ha rechazado estos argumentos porque la entidad no ha podido probar este razonamiento.

Por último, sobre la cláusula de gastos de formalización de la hipoteca, la entidad deberá devolver todo el dinero que los deudores adelantaron en la formalización del préstamo, como son los gastos de Notaría, del Registro de la Propiedad, la tasación, la gestoría o el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. El banco también ha sido condenado al pago de los intereses y las costas.

El letrado ha expresado su satisfacción con la sentencia, y ha declarado que, a día de hoy, no le consta recurso por parte de la entidad. Por lo que solicitarán su ejecución en cuanto se obtenga la declaración de firmeza. 




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