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  • La sentencia condena a BANCO SABADELL, S.A. (CAM) a la sustitución del índice de referencia IRPH por el Euribor, teniendo que devolver al afectado más de 16.000€

El Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 5 BIS de Alicante (juzgado especializado en cláusulas abusivas), Don José Luis Casells Bonacho, ha dictado la primera sentencia en Alicante y de las primeras de España, que declara la nulidad del IRPH tras Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 3 de Marzo. El caso ha sido defendido por el Letrado Norberto José Martínez Blanco, consiguiendo condenar a BANCO SABADELL a devolver un afectado xixonenc más de 16.000€ de un préstamo que fue formalizado en el año 2000 por la antigua Caja de Ahorros del Mediterraneo - CAM (Banco Sabadell actualmente), consiguiendo además una reducción en la cuotas pendientes.

La sentencia es de fecha 19 de Marzo de 2020, pero ha sido notificada a las partes en el día de hoy (26-05-2020), siendo la primera en Alicante que procede a aplicar las conclusiones a las que llegó la Sentencia del TJUE del 3 de Marzo, a raíz de la cuestión prejudicial C-125/18 sobre el IRPH. Esta sentencia reviste de especial transcendencia, dado que sienta la línea que probablemente seguirán el resto de jueces, en el mismo sentido que lo han hecho también en los casos defendidos por Martínez-Blanco Abogados en los Juzgados especializados de Palma de Mallorca e Ibiza donde también ha obtenido las primeras sentencias sobre IRPH.

En ella, el Magistrado considera “no resultar acreditado, que por la entidad prestamista se les explicase a los mismos, los elementos principales relativos al cálculo del mencionado tipo de interés de una manera fácil o asequible”, y en esta línea establece que en el caso defendido “no resulta probado en el caso concreto que por la entidad de crédito se explicase a la parte prestataria la evolución del índice elegido durante los dos anteriores a la suscripción,ello con la finalidad que los mismos pudieran realizar una valoración comparativa entre el índice mayoritario usado en las hipotecas, Euribor, y el que finalmente suscribieron IRPH Cajas”.

El Magistrado pone de relieve la Sentencia del TJUE de 3 de Marzo de 2020, y en concordancia con las alegaciones efectuadas por el abogado demandante, acogiendo la estrategia jurídica planteada para la defensa del caso, la cual acredita la absoluta falta de transparencia por parte de Banco Sabadell en el momento de la comercialización y firma del préstamo. El Letrado Martínez-Blanco alega en su demanda que “dicha información hubiera podido dar al consumidor una indicación objetiva sobre las consecuencias económicas que se derivan de la aplicación de dicho índice y hubiera constituido un término útil de comparación entre el cálculo del tipo de interés variable basado en el IRPH y otras fórmulas de cálculo del tipo de interés. Este tipo de información no se ha dado por la mayoría de las entidades financieras en más del 99% de los préstamos afectados por IRPH”

Por ello, el Magistrado declara la nulidad del IRPH y obliga a la entidad financiera demandada a eliminarlo, al recalculo de todos los intereses devengados durante toda la vida del préstamo hipotecario, utilizando como índice de referencia el EURIBOR y a restituir a la parte actora la diferencia resultante en relación a las cantidades percibidas utilizando el IRPH cuya nulidad se declara, más los intereses legales desde de la fecha de cada uno de los pagos y hasta su efectiva satisfacción.
Además, el Juez accede a declarar la nulidad de otras cláusulas de las que también se solicitaba su nulidad, como la de vencimiento anticipado del préstamo por cualquier impago, condenando al banco en su fallo a abonar las costas procesales causadas al afectado.

Norberto José Martínez Blanco, Letrado director de Martínez-Blanco Abogados, que también defiende a los consumidores ante el Tribunal Europeo en la cuestión prejudicial C-224/19 relativa a los gastos y comisión de apertura de las hipotecas, ha manifestado “que al fin los afectados por el IRPH vamos viendo la luz del túnel ante un despropósito de la banca que ha sido tapado por muchos jueces, incluso por el propio Tribunal Supremo”




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