Mª Eugenia Blasco Rodellar
En las últimas semanas, la eliminación de la “Golden Visa” (Residencia para Inversores) en España ha generado un intenso debate, especialmente por su impacto en el mercado inmobiliario y las preocupaciones sobre seguridad y accesibilidad a la vivienda. Esta medida se incluyó inicialmente en el Proyecto de Ley 121/000018, enfocado en crear una Autoridad Administrativa de Defensa del Cliente Financiero, posteriormente se introdujo la enmienda nº 316 en el Proyecto de Ley 12/1000016, que busca mejorar la eficiencia del sistema judicial y proteger los derechos de los consumidores. Esta propuesta ha sido finalmente aprobada y publicada en el BOE de 3 de enero BOE-A-2025-76 Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, acabando con la incertidumbre entre los inversores extranjeros y titulares actuales de estos permisos, mientras surgen preguntas clave sobre su futuro y las alternativas disponibles para residir o invertir en España.
Situación actual de la Golden Visa en España
El pasado 3 de enero finalmente se publicó la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, en cuya Disposición final vigesimoprimera se introduce la modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización por la que se eliminan los visados de inversor. Esta medida entrará en vigor a los 3 meses, es decir, el próximo 3 de abril de 2025, y quedarán eliminados todos los visados para inversores, ya que la Ley contempla la supresión de los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013, que hasta ahora ha regulado el régimen de residencia para extranjeros que realizan inversiones significativas en el país.
¿Qué es la Golden Visa y cuál era su objetivo principal?
La Golden Visa, o visado de residencia por inversión, fue introducida en España en 2013 y fue originalmente diseñada para atraer inversión extranjera en un contexto de crisis económica, incentivando la adquisición de bienes inmuebles y otros activos como deuda pública, fondos de inversión o inversiones en empresas españolas o proyectos de interés general.
Razones para la eliminación de la Golden Visa
La eliminación de la Golden Visa responde a diversas razones, según los promotores de esta medida. A continuación, se detallan los motivos principales:
- Impacto en el mercado inmobiliario:
El aumento significativo de la compra de viviendas por extranjeros se considera por los promotores de la medida, que ha afectado al mercado inmobiliario, especialmente en zonas específicas. Esto ha provocado un incremento de precios y, en algunos casos, fenómenos de gentrificación, dificultando que los residentes locales accedan a una vivienda.
- Efectividad económica cuestionada:
Según el texto de la enmienda, se observa que otras formas de inversión asociadas a este régimen no han generado un impacto significativo en la economía, lo que lleva a cuestionar su efectividad como herramienta de atracción de capital extranjero. Este último motivo ha sido determinante para la eliminación de todos los visados de inversor y no solo los de inversión en inmuebles, como inicialmente parecía previsto. Si bien es cierto que las demás vías de inversión no han sido muy utilizadas, no sería extraño pensar que, una vez convertidas en la única opción, su uso pudiera aumentar.
- Limitaciones para ciudadanos extracomunitarios:
Con esta medida, los ciudadanos extracomunitarios se quedan sin opciones de residencia en España si no desean residir de forma estable y ser residentes fiscales en el país, pero tampoco quieren verse limitados por los tiempos máximos de las estancias turistas. Existen otras vías de residencia en España, como la residencia no lucrativa o la residencia como “nómada digital”, pero todas ellas implican pasar más de 6 meses de cada 12 en el país.
- Preocupaciones de seguridad:
La medida también alude a una tendencia a nivel europeo de revisar o endurecer los visados por inversión. Desde la invasión rusa a Ucrania, varios países de la Unión Europea (UE) han comenzado a restringir este tipo de permisos debido a preocupaciones de seguridad y transparencia, especialmente en relación con el origen de los fondos.
¿Qué pasará con los visados Golden Visa vigentes y las solicitudes en proceso?
La nueva normativa incluye disposiciones transitorias para proteger derechos adquiridos. En particular:
- Solicitudes de Golden Visa en proceso: aquellas solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor de la ley, es decir, antes del 2 de abril de 2025, podrán seguir el proceso de obtención de visado o autorización de acuerdo con la normativa vigente en el momento de la solicitud. Es importante tener en cuenta que, para iniciar el proceso, la inversión debe estar ya realizada y, en el caso de inmuebles, debidamente registrada en el Registro de la Propiedad. El proceso de compraventa y registro puede llevar hasta 2 meses, por lo que es fundamental que el proceso de visado o residencia esté iniciado antes de la entrada en vigor de la nueva normativa, y no únicamente el proceso de inversión.
- Renovación de visados Golden Visa vigentes: los visados y autorizaciones ya emitidos mantendrán su validez hasta su fecha de expiración, y las renovaciones podrán gestionarse conforme a la normativa aplicable al momento de la concesión original. No obstante, será esencial gestionar correctamente estas renovaciones y recibir asesoramiento, adecuado, ya que, en caso de problemas o de una denegación a la renovación, no habrá opción para solicitar nuevamente un visado o residencia de inversor.
¿Qué impacto pueda tener el fin de la Golden Visa?
La eliminación del visado de residencia por inversión representa un cambio significativo en la política migratoria y económica de España. Esta medida busca frenar el impacto negativo en el acceso a la vivienda y alinearse con las preocupaciones europeas en materia de seguridad y transparencia financiera. Para inversores actuales y potenciales, esta enmienda implica una reorientación en la que solo podrán beneficiarse aquellos que ya estén en proceso o dispongan de una autorización vigente.
Teniendo en cuenta los tiempos necesarios para materializar la inversión, la cuenta atrás, ahora sí, ha comenzado para aquellos que quieran obtener una residencia de inversor en España.