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Madrid, 26 jul (EFE).- El Tribunal Central de lo Contencioso-Administrativo 9 ha dictaminado que el sistema de selección de interinos incluido en la convocatoria de oposición a inspector de Hacienda no está ajustado a derecho al no garantizar los principios de igualdad, mérito y capacidad.

En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal da la razón a la asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, que había recurrido la resolución por la que se convocaba un proceso selectivo para el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda que abría la posibilidad de incorporar personal interino.

En su sentencia, el tribunal no se opone al acceso de interinos a las funciones de inspector de Hacienda en caso de que sea necesario, pero sí puntualiza que se tienen que salvaguardar los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad, algo que no sucede en este caso.

La convocatoria, detalla, "nada dice sobre la duración, características y funcionamiento" de los posibles futuros interinos, sino que se limita a apuntar que "finalizado el proceso selectivo, el órgano de selección elaborará la relación de posibles candidatos para su consideración por el órgano convocante de la oferta de empleo público".

Si esta relación de candidatos será la que origine la futura selección de interinos, continúa, es necesario especificar qué criterios se van a tener en cuenta porque "de no ser así, se está propiciando una opacidad y un riesgo de arbitrariedad que resulta intolerable en la actuación de la Administración".

En un comunicado, los inspectores añaden que va "contra la más elemental lógica" que una persona que no haya superado el proceso selectivo "pueda desarrollar una función tan sensible como es la que se encomienda a los Inspectores de Hacienda del Estado".

Las pruebas selectivas correspondientes a estas oposiciones ya se han realizado y, en principio, no se verían afectadas por esta sentencia, que solo se refiere a la posibilidad de incorporar interinos.




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