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Madrid/Barcelona, 18 ene (EFE).- La Inspección de Trabajo ha emitido la primera sanción contra Glovo por incumplir la denominada ley "rider" con el nuevo modelo de relación laboral que estableció para sus repartidores tras la aprobación de esta norma.

Según ha adelantado El Periódico de Cataluña y han confirmado a EFE desde el Ministerio de Trabajo, se ha impuesto una sanción por emplear de manera fraudulenta a 49 repartidores en Asturias.

Aunque no es la primera vez que la Inspección sanciona a la empresa de reparto a domicilio por emplear a sus repartidores como falsos autónomos sí se trata de la primera sobre hechos posteriores al 12 de agosto de 2021, cuando entró en vigor la ley.

La Inspección de Trabajo, según detalla el citado medio, ha acreditado que el modelo que puso en marcha Glovo para esquivar la presunción de laboralidad que marca la ley también incumple con la normativa.

Un portavoz de Glovo ha señalado a EFE que se trata de una "propuesta provisional" de la Inspección para el caso concreto de 49 repartidores, de un total de 19.000 que operan a través de Glovo.

"Se basa, además, únicamente en el testimonio de dichos repartidores y no en un análisis de las características operativas actuales de la app de Glovo en España", añaden.

Tras la aprobación de la ley, la empresa catalana, ahora controlada por el grupo alemán Delivery Hero, anunció que mantendría a la mayoría sus repartidores como autónomos bajo un nuevo modelo de relación.

Glovo explicó en ese momento que las modificaciones que había llevado a cabo en su relación con los "riders" eran suficientes para cumplir con la norma.

Otras empresas del sector fueron críticas con la postura de Glovo y desde el Ministerio de Trabajo se ha insistido en que la Inspección de Trabajo estaría vigilante para que se cumpliera la legalidad vigente.

En septiembre de 2022, la Inspección de Trabajo ya impuso una multa de casi 79 millones de euros a Glovo por tener a 10.614 trabajadores como falsos autónomos en Barcelona y Valencia.

Esa sanción, alegaban desde la empresa, no estaba relacionada con la ley rider, ya que el período inspeccionado comprendía desde 2018 hasta agosto de 2021, fecha de entrada en vigor de la normativa.




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