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  • La nueva Ley de Vivienda regional, pionera en España, pretende obligar a bancos y fondos a ofrecer un alquiler social antes de desahuciar
  • Esta  norma crea procedimientos extrajudiciales para la resolución de estas situaciones e incorpora medidas de adhesión voluntaria a los grandes propietarios del parque de viviendas vacías
  • Destaca además el que las administraciones públicas deben garantizar, en cualquier caso, el realojamiento de las personas y familias en situación de riesgo de exclusión residencial

El Colegio de Abogados de Murcia ha celebrado un seminario en el que se ha abordado la reforma de la Ley de Vivienda y del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región, que entrará en vigor en septiembre. En la jornada se han analizado las reformas legislativas y jurisprudenciales en beneficio del deudor hipotecario, las causas de oposición, los trámites judiciales hasta subasta o las medidas judiciales y extrajudiciales para solucionar los problemas del ejecutado hipotecario. Esta reforma se ha aprobado con la finalidad de frenar los desahucios y mejorar la situación de emergencia habitacional y de pobreza energética que viven muchas familias de la Región de Murcia a causa de la crisis económica vivida en los últimos años.

Durante la jornada Juan García, abogado y miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Murcia, ha destacado como una de las principales novedades: “la obligación a los bancos y fondos de inversión de ofrecer a los afectados una propuesta de alquiler social antes de adquirir su vivienda habitual embargada o de interponer cualquier demanda judicial de ejecución hipotecaria o de desahucio por impago de alquiler. Estos grandes grupos empresariales a los que pertenecen las bolsas de viviendas tienen que haberse adherido previamente a un Convenio Regional”. Se trata ahora de intentar que el mayor número de entidades se adhieran a este convenio y con ello abarcar el más amplio espectro posible de entidades financiadoras y, correlativamente, el de personas beneficiadas por estas medidas.

Entre las principales medidas incorporadas destaca el que las administraciones públicas deben garantizar, en cualquier caso, el adecuado realojamiento de las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial que estén en proceso de ser desahuciadas de su vivienda habitual para poder hacer efectivo el desahucio. Dichas garantías se aplicarán en función de las disponibilidades presupuestarias, con priorización, en cualquier caso, de las familias con más miembros.

Otra de las novedades es la creación de un procedimiento extrajudicial para la resolución de estas situaciones, pues la prevención desde la atención inmediata puede evitar la agravación de los casos en los que se ve comprometida la vivienda habitual de personas o familias. Para ello, se dotará de mayor contenido al Servicio de Orientación e Intermediación Hipotecaria creado por esta ley, dando participación a las asociaciones y plataformas que defienden el derecho a la vivienda, consumidores y todos aquellos actores interesados en la solución de estos problemas con la creación de las comisiones de sobreendeudamiento.

De hecho en su artículo 55 señala que “el Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda de la Comunidad Autónoma coordinará su actuación con las oficinas de los ayuntamientos que cumplen esta misma función y con el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para convenir cuantas actuaciones puedan redundar en beneficio del ejecutado hipotecario, y con todas aquellas entidades, organismos y organizaciones públicas o privadas que tengan como objetivo común prevenir, atender y paliar la pérdida de la vivienda habitual y la pobreza energética en los supuestos que se contemplan en la normativa vigente”.

Además, pone en marcha medidas para luchar contra el sobreendeudamiento producido por la adquisición de su vivienda habitual.

En la jornada, moderada por Juan García, y que se encuadra dentro del plan de formación y actualización de sus colegiados que lleva a cabo el Colegio de Abogados de Murcia, participaron Fernando Madrid Rodríguez, Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Cartagena; María del Mar González Romero, letrada de la Administración de Justicia; Jesús Sánchez García, abogado del ICAB; Antonio García Montes, abogado del ICAMUR; y Rosa María Vigueras Abellán, abogada del ICAMUR y Mediadora. Los ponentes realizaron un intensivo examen de la legislación y jurisprudencia del TJUE que afecta a la materia y de todas las vicisitudes procesales y posibilidades legales que asisten a las personas que se ven sometidas a un proceso de ejecución hipotecaria.

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