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  • Luisa era auxiliar de jardinería, un trabajo muy poco compatible con las lesiones lumbares graves que ella padecía. Pero la Seguridad Social se negó a concederle una incapacidad permanente, por lo que tuvo que demandar a esta entidad.
  • El caso recayó en el Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid, ciudad donde Campmany Abogados, despacho que llevó el caso, tiene sede desde 2019. 
  • Ver sentencia

Baja y reincorporación

Luisa comenzó un proceso de incapacidad temporal en diciembre de 2019, pero después tuvo que retomar su actividad laboral (hasta junio de 2020). Una experiencia muy dura para Luisa, que tenía que soportar los dolores que el esfuerzo físico propio de su profesión en el sector de la jardinería le provocaba.

Tras ello, el tribunal médico examinó a esta empleada, pero lamentablemente en septiembre de 2020 el INSS decidió no declararla tributaria de ningún grado de incapacidad. En el dictamen del equipo evaluador se podía leer que la afectada sufre una patología crónica degenerativa de raquis (columna vertebral), “que puede requerir periodos de incapacidad temporal en reagudización”. Por tanto, se reconocía la enfermedad de la trabajadora pero solo se consideraba limitante en momentos de crisis agudas, no siempre. 

Cuadro clínico invalidante

En el acto del juicio, Campmany Abogados demostró que Luisa estaba diagnosticada de cervicalgia y lumbalgia mecánica, así como de discopatía degenerativa, con protrusiones discales. Y que no podía soportar “sobrecargas severas y mantenidas”, ni carga de pesos que tuvieran impacto sobre su columna. 

Ella necesitaba, según los médicos especialistas, una adecuada higiene postural. E, indudablemente, evitar cargas grandes y continuadas.

La jueza aprueba la Incapacidad Total

En la resolución judicial, de fecha 25 de febrero de 2021, se puede leer la conclusión de la magistrada, afirmando que “la profesión de jardinería exige la deambulación y bipedestación prolongada y esfuerzo físico. Teniendo en cuenta que está limitada para la sobrecarga severa y mantenida con impacto sobre raquis, se considera que debe declararse en Incapacidad Permanente Total”.

Campmany Abogados obtuvo así para Luisa una pensión mensual del 55% de su base reguladora, es decir, de 787 € al mes. Y con un plus de atrasos desde julio de 2020 (lo que supone un pago extra equivalente a la suma de siete mensualidades). Este veredicto, en realidad, es "símbolo de la normativa que debía haberse aplicado por vía administrativa" Porque los trabajos en los que se realiza un enorme esfuerzo físico no son compatibles con lesiones graves de espalda, y en estas circunstancias ha de reconocerse al menos una incapacidad total" adirman desde el despacho de abohados.. 




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