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  • En 2014 el INSS le reconoció una incapacidad total para su trabajo, pero en 2017 se la retiró, porque, según ellos, "el paciente había mejorado y por tanto, no era merecedor de ninguna pensión".

Categórica. Así ha sido la sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Girona, que ha concedido una Incapacidad Laboral Absoluta para todo tipo de trabajo a un mozo de almacén con fuertes brotes de agresividad por su grave enfermedad psiquiátrica.

MADT, de 52 años, sufre desde hace años una severa patología psiquiátrica. Por este motivo, en agosto de 2014 el INSS le declara en situación de Incapacidad total para su profesión  habitual. Pero en noviembre de 2016 el propio INSS inicia de oficio un expediente de revisión de grado. Tras pasar por ICAM (actual SGAM), éste determina que el paciente sufre un "trastorno depresivo mayor con síntomas psicóticos, estimando, pues, "una confirmación de grado o baremo". Pero el INSS hace caso omiso de este dictamen y en febrero de 2017 resuelve que "el paciente ha mejorado de sus lesiones, por lo que no procede pensión alguna" a partir del 1 de marzo de ese año.

Ante tal incomprensible decisión, el centro Tribunal Médico (representante legal del demandante) decide llevar el caso a los tribunales, solicitando ahora la incapacidad absoluta por agravamiento de sus patologías. Y es que, tal y como queda constatado en los informes médicos aportados por el gabinete médico jurídico, MADT padece un trastorno depresivo mayor sobre fondo psicótico que se caracteriza por crisis de agresividad, acompañado de un deterioro cognitivo leve-moderado, así como una lumbalgia secundaria a un proceso degenerativo. Además, tiene reconocido por el Departament de Benestar Social y familia de Generalitat de Catalunya un 69% de grado de discapacidad (desde 2014) y el grado I de dependencia (desde 29 de octubre de 2015).

Con todo ello, para su señoría queda constatado "un importante deterioro en la salud del demandante,"que en la actualidad padece una patología psiquiátrica severa diagnosticada por un facultativo de los servicios públicos de salud que le anulan capacidad alguna de trabajo o su incorporación al mundo laboral", por lo que procede estimar la solicitud del demandante. Así, concede a MADT una INCAPACIDAD ABSOLUTA para desempeñar cualquier trabajo y condena al INSS a abonarle una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora, esto es 858,95€, con fecha de efectos 1 de marzo de 2017.




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