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  • Un pensionista residente en Las Palmas de Gran Canaria, representado por Unive Abogados, ha logrado recuperar la suma de 17,504,45€ en concepto de complemento por maternidad en su pensión.
  • Este éxito se basa en la aplicación del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y fue ratificado por el Juzgado Social nº7 de Las Palmas de Gran Canaria.

La resolución judicial, emitida recientemente, establece que el demandante tiene derecho a recibir el complemento de maternidad en su pensión con efectos retroactivos desde el 24 de febrero de 2016, fecha en la que inició la percepción de la prestación por incapacidad permanente absoluta. A pesar de los obstáculos presentados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que argumentó prescripción debido al transcurso de más de 5 años desde el inicio de la pensión, el tribunal desestimó este argumento, fundamentándose en el plazo establecido por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El importe recuperado, aproximadamente 17,504,45€, corresponde a la retroactividad total calculada desde el inicio de la pensión hasta la fecha de efectos determinada por la sentencia del tribunal. Esta victoria implica una revalorización vitalicia de la pensión al 10%, dado que el pensionista es padre de tres hijos.

José Eduardo Marrero, director de la sede de Unive Abogados Canarias, resaltó la significancia de esta sentencia al afirmar que "no solo representa un triunfo legal, sino un paso fundamental para todos aquellos que luchan por el reconocimiento de este derecho en sus pensiones". Además, Marrero subrayó que "actualmente, la presentación de reclamaciones es esencial para aquellos individuos que buscan obtener legítimamente el complemento".

Marrero también señaló que el Tribunal Supremo ha emitido un fallo que otorga a todo pensionista el derecho a recibir una indemnización adicional de 1,800€. Este resarcimiento tiene como objetivo reparar los perjuicios sufridos debido a la discriminación por razón de género, abriendo así una ventana propicia para iniciar reclamaciones en este momento.

Es crucial destacar que las reclamaciones pueden presentarse cumpliendo ciertos requisitos, como haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, así como ser padres de dos o más hijos. Desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar en conflicto con la legislación europea, al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, sin importar si son padres de uno o más hijos, abriendo así la posibilidad de presentar reclamaciones.




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