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  • Las incapacidades permanentes por enfermedades mentales son cada vez más solicitadas, no solo por las limitaciones que provocan las mismas patologías, sino, además, debido al agravamiento del cuadro clínico a causa del padecimiento de depresión y ansiedad.
  • ver sentencia

El trabajador de 45 años de edad afiliado al Régimen General de la Seguridad Social de profesión habitual empleado de banca en Sevilla, representado porTribunal Médico, ha solicitado la Incapacidad Permanente al Instituto Nacional de la Seguridad Social debido a un Trastorno de Personalidad agravado.

En primera instancia el Instituto Nacional de la Seguridad Social procedió a reconocerle la Incapacidad Permanente en grado de Total, sin embargo, el trabajador presentaba un cuadro clínico que no le permitía desarrollar ninguna actividad laboral. Disconformes con la resolución los profesionales jurídicos de Tribunal Médico interpusieron reclamación previa, posterior demanda judicial, con motivo de ser declarado al trabajador en Incapacidad Permanente Absoluta, grado que se ajustaba a derecho según valoración médica previa por parte de nuestros peritos médicos.

El trabajador presenta: trastorno de personalidad, con predominio de sentimientos de inferioridad, tendencia al aislamiento social, ideas sobrevaloradas de auto referencialidad, conductas de evitación y mal control de impulsividad. Además, en el último año, asocia sintomatología depresiva que se caracteriza por irritabilidad, sentimientos de minusvalía y desesperanza, anhedonia, dificultades de atención y concentración, además de apatía. Dichas patologías son graves y cronificadas ya que no han mejorado los síntomas a pesar de los múltiples tratamientos por especialistas que han utilizado fármacos específicos, su evolución clínica no es positiva.

Los abogados de Tribunal Médico, ante el magistrado del Juzgado de los Social Nº8 de Sevilla, solicitaron prestación por Incapacidad Permanente Absoluta por entender que el cuadro clínico que presenta el trabajador le inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión u oficio con un mínimo de grado de eficiencia y rendimiento.

Finalmente, el juez declaró al trabajador en situación de Incapacidad Permanente Absoluta, derivada de enfermedad común, condenando al organismo demandado a estar y pasar por dicha declaración con abono de la pensión en cuantía y efectos reglamentarios. 




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