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  • Las complejas divergencias testamentarias y fiscales en nuestro plantean la necesidad de una revisión para garantizar una mayor equidad entre nuestros ciudadanos.  

Las sucesiones y donaciones en España están marcadas por una compleja red de regulaciones civiles y fiscales que varían significativamente entre las distintas comunidades autónomas de nuestro país.

Un detallado estudio realizado por El Despacho de Abogados Montero de Cisneros Abogados ha puesto de relieve estas diferencias, que no solo afectan a la distribución de los bienes, sino también a la tributación asociada a estos procesos.

En términos civiles, la sucesión se rige por la ley del causante, lo que significa que las normativas aplicables difieren según la comunidad autónoma. Algunas se adhieren al derecho común, mientras que otras aplican derechos forales.

Por ejemplo, en el País Vasco, la Ley 5/2015 ha establecido un marco jurídico específico que incluye nuevas formas de testar y equipara el matrimonio con la pareja de hecho a efectos sucesorios. Además, introduce la responsabilidad del heredero por las deudas de la herencia, similar al concepto de "a beneficio de inventario" del Código Civil.

Por otro lado, el panorama legal en el País Vasco presenta otra notable diferencia con respecto al derecho común que rige en el mayor parte del país. Mientras que en el resto de España existen ciertos requisitos específicos que deben cumplirse para desheredar a un hijo, el derecho civil vasco introduce un principio de libertad civil, permitiendo a los padres desheredar a un hijo sin mayores trámites.

Según esta misma ley, aprobada por el Parlamento Vasco, se abre  esta posibilidad a todos aquellos padres que residen en Euskadi y manifiestan su voluntad de convertirse en ciudadanos vascos ante el Registro Civil. Esta declaración se registra y no necesita ser reiterada.  En Navarra,  también existe una libertad completa en el reparto de la herencia, permitiendo a los padres decidir no dejar herencia a un hijo si así lo desean. En Cataluña y Galicia, la legítima de los hijos se reduce al 25% de la herencia.

Las disparidades en materia hereditaria no se limitan al ámbito civil, sino que también se extienden al ámbito fiscal. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedido a las comunidades autónomas y se establecen diferentes tratamientos fiscales según la región.

Por ejemplo, en País Vasco, Navarra, Madrid, Islas Baleares, Canarias y Valencia, la tributación es más favorable. Sin embargo, obtener la residencia fiscal en estas regiones no es tan simple, ya que requiere un período mínimo de permanencia.

Para José Montero, CEO de Montero de Cisneros Abogados, “las divergencias testamentarias y fiscales entre las comunidades autónomas españolas plantean desafíos significativos para los ciudadanos y requieren una revisión exhaustiva para garantizar una mayor equidad y coherencia en el sistema legal y tributario del país.”

La discriminación fiscal en España no solo se limita a nivel interno, sino que también afecta a los no residentes, quienes están sujetos a normativas estatales más perjudiciales en comparación con las autonómicas.

Este hecho llevó a la Comisión Europea a denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por considerar que su fiscalidad discriminatoria viola los principios fundamentales del mercado único de la UE.

Un detallado estudio realizado por El Despacho de Abogados Montero de Cisneros Abogados ha puesto de relieve estas diferencias, que no solo afectan a la distribución de los bienes, sino también a la tributación asociada a estos procesos.

En términos civiles, la sucesión se rige por la ley del causante, lo que significa que las normativas aplicables difieren según la comunidad autónoma. Algunas se adhieren al derecho común, mientras que otras aplican derechos forales.

Por ejemplo, en el País Vasco, la Ley 5/2015 ha establecido un marco jurídico específico que incluye nuevas formas de testar y equipara el matrimonio con la pareja de hecho a efectos sucesorios. Además, introduce la responsabilidad del heredero por las deudas de la herencia, similar al concepto de "a beneficio de inventario" del Código Civil.

Por otro lado, el panorama legal en el País Vasco presenta otra notable diferencia con respecto al derecho común que rige en el mayor parte del país. Mientras que en el resto de España existen ciertos requisitos específicos que deben cumplirse para desheredar a un hijo, el derecho civil vasco introduce un principio de libertad civil, permitiendo a los padres desheredar a un hijo sin mayores trámites.

Según esta misma ley, aprobada por el Parlamento Vasco, se abre  esta posibilidad a todos aquellos padres que residen en Euskadi y manifiestan su voluntad de convertirse en ciudadanos vascos ante el Registro Civil. Esta declaración se registra y no necesita ser reiterada.  En Navarra,  también existe una libertad completa en el reparto de la herencia, permitiendo a los padres decidir no dejar herencia a un hijo si así lo desean. En Cataluña y Galicia, la legítima de los hijos se reduce al 25% de la herencia.

Las disparidades en materia hereditaria no se limitan al ámbito civil, sino que también se extienden al ámbito fiscal. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedido a las comunidades autónomas y se establecen diferentes tratamientos fiscales según la región.

Por ejemplo, en País Vasco, Navarra, Madrid, Islas Baleares, Canarias y Valencia, la tributación es más favorable. Sin embargo, obtener la residencia fiscal en estas regiones no es tan simple, ya que requiere un período mínimo de permanencia.

Para José Montero, CEO de Montero de Cisneros Abogados, “las divergencias testamentarias y fiscales entre las comunidades autónomas españolas plantean desafíos significativos para los ciudadanos y requieren una revisión exhaustiva para garantizar una mayor equidad y coherencia en el sistema legal y tributario del país.”

La discriminación fiscal en España no solo se limita a nivel interno, sino que también afecta a los no residentes, quienes están sujetos a normativas estatales más perjudiciales en comparación con las autonómicas.

Este hecho llevó a la Comisión Europea a denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por considerar que su fiscalidad discriminatoria viola los principios fundamentales del mercado único de la UE.




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