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¿Qué Comunidades pagan más por el Impuesto de Patrimonio? ¿Cómo afecta el nuevo impuesto a las grandes fortunas? ¡Te lo contamos!

La Ley sobre el Impuesto del Patrimonio estatal establece un mínimo exento de 700.000€. Pero, tal y como sucede en muchos impuestosparte de las competencias se han cedido a las Comunidades Autónomas, entre ellas, la regulación de los importes mínimos exentos, que muchas veces quedan compensados a través de la atribución de beneficios fiscales. Esto hace que esté en entredicho el sentido del impuesto.

Mínimos exentos de tributación por comunidades

Actualmente, en España se regulan cinco mínimos diferentes:

  • 400.000€ en Aragón.
  • 500.000€ en Catalunya, Comunidad Valenciana y Extremadura.
  • 550.000€ en Navarra.
  • 700.000€, el mismo que la ley estatal, en Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla la Mancha, Castilla y León, Ceuta, Galicia, Guipúzcoa, La Rioja, Madrid, Melilla y Murcia.
  • 800.000€ en Álava y Vizcaya.

La importancia de los beneficios fiscales

No obstante, esto no es suficiente para determinar quién paga más o menos. Hay algunos territorios que regulan beneficios fiscales que hace que tengan una menor tributación en comparación con otras regiones. Destaca la bonificación general del 100% en Madrid que, a efectos prácticos, supone la eliminación de tributación por este impuesto. Además, también existe una bonificación general del 75% en Ceuta y Melilla y una del 25% en Galicia, que ha propuesto ampliarla al 50% en el ejercicio 2023.

Por otro lado, algunas Comunidades Autónomas regulan beneficios fiscales para las personas con discapacidad. Concretamente, Andalucía, Comunidad Valenciana, Extremadura aumentan los mínimos exentos de tributación y Aragón, Asturias y Cataluña regulan bonificaciones relacionadas con el patrimonio protegido de personas con discapacidad.

Estas rebajas fiscales hacen que esté en entredicho el propio sentido del impuesto, con algunas voces reclamando que se anule definitivamente. Entre sus detractores, se esgrimen argumentos como la falta de equidad territorial, el que no todos los tipos de patrimonio soporten la misma presión y el que los patrimonios más altos tengan más vías para eludir el tributo. De hecho, este tipo de impuesto se ha ido anulando en todos los países occidentales y, actualmente, aparte de en España solamente existe en Noruega y Suiza.

Impuesto a las grandes fortunas

Otro punto que se podría incluir a favor de su anulación es el nuevo impuesto de solidaridad de las grandes fortunas que está dirigido, precisamente, a las comunidades donde el impuesto sobre patrimonio ha sido desmontado. El Gobierno ha anunciado el adelanto de su entrada en vigor para este ejercicio 2022, lo que ha propiciado que los grandes patrimonios procedan a revisar el cumplimiento de los requisitos que marca la normativa del Impuesto de Patrimonio para que queden exentos de tributación las participaciones en empresas familiares. La situación es especialmente relevante en la Comunidad de Madrid, pues al existir la bonificación del 100% de tributación, los contribuyentes se habían relajado y ahora deben comprobar y corregir para adaptarse a la normativa vigente.

Aunque algunos pueden plantearse deslocalizar los patrimonios para evitar este nuevo tributo, el adelanto de la entrada en vigor a 2022 supone que este año deban pagar el impuesto, ya que habrán pasado más de 183 días de residencia fiscal en España. El año que viene los despachos se dedicarán a analizar nuevas estrategias para que los grandes contribuyentes puedan evitar las duplicidades en el pago de impuestos.




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